TSJ ordena la «ocupación e inmediata restitución» de señal de Directv
22 de mayo de 2020
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ordena la ocupación e inmediata restitución del servicio de televisión por suscripción a Directv en Venezuela, mediante un amparo y medida cautelar innominada solicitada por los ciudadanos Israel Marín Martínez y William Fuentes, actuando en su carácter de miembros y voceros del comité de usurarios y usuarias.
En consecuencia ordena a la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela) continuar de manera inmediata con la prestación de servicio de televisión por suscripción.
La sentencia también ordena a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) tomar posesión inmediata de todos los bienes muebles e inmuebles, oficinas comerciales, sedes administrativas, centro de operaciones y transmisiones, antenas y cualquier otro equipo o instalación destinada a la prestación del servicio por suscripción gestionado por dicha empresa, para ello Conatel contará con el auxilio de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
En ese sentido, Conatel debe designar una Junta Administradora Ad-Hoc de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela), a fin de «garantizar el inmediato restablecimiento de los servicios de televisión por suscripción y garantizar los derechos laborales de todos los trabajadores de la empresa».
La designación de la Junta Administradora Ad-Hoc deberá ser comunicada de inmediato a la Sala Constitucional.
Además, la decisión acuerda prohibición de salida del país a los integrantes de la junta directiva de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela).
Igualmente se acuerda medida de prohibición de enajenar y gravar de los bienes de los referidos ciudadanos, así como la inmovilización de cualquier tipo de cuenta bancaria o instrumento financiero de los cuales sean titulares.
Ordena la sentencia a la Junta Administradora Ad-Hoc verificar inmediatamente la posible situación de cobranza que pudiera haber generado desde la cesasión del servicio, en cuyo supuesto debe informar de inmediato a la Sala Constitucional.
Se ordena a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) tomar las medidas pertinentes y proceder a los trámites administrativos correspondientes que generen la suspensión de los pagos por servicios no prestados por la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela), incluidas las retenciones por vía de pagos automáticos y o descuentos en pagos domiciliados en tarjetas de crédito, débito u otra forma de pago, en protección a los usuarios suscriptores y hasta tanto no se materialice la continuidad del servicio e informar a la Sala.
Las medidas cautelares acordadas se harán extensivas a todas aquellas operadoras de televisión por suscripción que de manera intempestiva suspendan la prestación de sus servicios. Se ordenó la remisión de copia certificada del presente fallo al Ministerio Público a fin de que este determine las responsabilidades penales a que hubiere lugar.