La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) publicó la providencia que regula la minería digital y procesos asociados.
En Gaceta Oficial N° 41.969, del 21 de septiembre de 2020, se publicó la providencia número 084-2020, que establece el objeto y el ámbito de la aplicación y todo lo relacionado con las licencias de operaciones, otorgamiento y renovación, granjas de minería digital, pool de minería digital nacional y el Registro Integral de Mineros.
El fin de la providencia es regular las actividades como el uso, importación, comercialización de equipos de minería digital, partes y piezas de éstos, equipamiento y acondicionamiento de espacios para ofrecer el servicio de hospedaje a equipos, incluida la fabricación, ensamblaje, reparación y mejoras, así como que provean el servicio de minera digital en la nube.
Asimismo, las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, consejos comunales, comunas y además formas de organización de Poder Popular domiciliadas en el territorio nacional, que trabajen con la Minería Digital y procesos asociados, en el marco del Sistema Integral de Criptoactivos y Actividades Conexas, están sujetos a la aplicación de esta normativa.
Los parámetros para el otorgamiento de las licencias de minería digital por parte de Sunacrip, lo establece la providencia, que además estimulará e incentivará la creación de granjas de Minería Digital en el país. AVN