Frontera
Conozca cómo tramitar el Permiso de Protección Temporal para los venezolanos en Colombia
3 de marzo de 2021
El presidente de Colombia, Iván Duque, firmó este lunes el Estatuto de Protección Para Migrantes Venezolanos y aseguró que esta es la reacción de su país ante la situación dramática y dolorosa que vive Venezuela.
Según el mandatario colombiano este beneficio permitirá a los venezolanos en Colombia permanecer legalmente en el país, con permiso de trabajo y posibilidad de solicitar residencia permanente. Indicó que Colombia aspira que para agosto de 2022, al menos 1,8 millones de migrantes con su tarjeta y registro migratorio.
De acuerdo al diario el Tiempo, los que apliquen al permiso deben cumplir las siguientes condiciones:
Encontrarse en territorio colombiano de manera regular como titulares de un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o de un Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente, cualquiera sea su fase de expedición, incluido el PEPFF.
Encontrarse en territorio colombiano de manera regular como titulares de un Salvoconducto SC-2 en el marco del trámite de una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
Encontrarse en territorio colombiano de manera irregular a 31 de enero de 2021.
Ingresar a territorio colombiano de manera regular a través del respectivo Puesto de Control Migratorio legalmente habilitado, cumpliendo con los requisitos establecidos en las normas migratorias, durante los primeros dos años de vigencia del presente Estatuto.
Para ser incluido en el Registro, el migrante venezolano deberá cumplir esos requisitos, además de:
Encontrarse en el territorio nacional colombiano.
Presentar su documento de identificación vigente.
Mayores de edad:
i. Pasaporte
ii. Cédula de Identidad Venezolana
iii. Acta de Nacimiento
iv. Permiso Especial de Permanencia
Menores de edad:
i. Pasaporte
ii. Acta de nacimiento
iii. Cédula de Identidad Venezolana
iv. Permiso Especial de Permanencia.
Presentar declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia, de conformidad con lo que establezca, mediante acto administrativo, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
Autorizar la recolección de sus datos biográficos, demográficos y biométricos.
Quiénes no podrán acceder al Estatuto de Protección
Los migrantes venezolanos que tienen problemas graves con la ley y que representen un peligro para la autoridad no podrán acceder al nuevo Estatuto de Protección, cuyo decreto fue firmado este lunes por el presidente Iván Duque.
Así lo explicó Juan Francisco Espinosa, director de Migración Colombia, quien aseguró que esta es una iniciativa primordial que permitirá “conocer en detalle a los migrantes venezolanos que tenemos en el país y poder trabajar de la mano con ellos y la legalidad”.
Según explicó Espinosa, tras la firma del decreto “el país entra en una fase de preparación de 90 días, que son de socialización y capacitación en una línea de derechos y de deberes. Esta es parte fundamental de una apuesta técnica y del despliegue operativo que tenemos para organizar todo”.
De igual modo, destacó que es necesario que en estos días venideros los migrantes deben estar pendientes de los medios de comunicación para saber las fechas en las que ya se abra formalmente el proceso.
El director de Migración Colombia también habló del manejo de datos entregados por los migrantes y aseguró que no serán usados con fines sancionatorios sino para identificación.
“En un proceso como estos es normal tener preocupaciones, pero hasta el momento estamos tranquilos, la protección de los datos suministrados por los migrantes es total. Tenemos una ONG internacional que nos apoya en esos riesgos, esta información no es con fin sancionatorio, lo que busca es identificar y dignificar al migrante”, dijo Espinosa.
Con información de El Tiempo y La FM