El Gobierno nacional suspendió por seis meses más el pago de cánones de arrendamiento de inmuebles para uso comercial y vivienda.
El decreto N° 4.577, publicado en Gaceta Oficial N° 42.101, con fecha del 7 de abril de 2021, detalla que la suspensión solo aplica para inmuebles utilizados como vivienda principal y para los de uso comercial que no estén ejerciendo sus actividades.
La decisión tiene la finalidad de aliviar la situación económica de los arrendatarios debido a los efectos generados por la pandemia del coronavirus, así lo destacó la normativa.
Por otra parte, en el plazo previsto, «no resulta exigible al arrendatario el pago de los cánones de arrendamiento que correspondan, cánones vencidos a la fecha aún no pagados, ni otros conceptos pecuniarios acordados en los respectivos contratos de arrendamiento inmobiliario».
Además destaca que se entiende como vivienda principal aquella que está ocupada de forma permanente, sin llegar a estar deshabitada durante más de 75 días seguidos.
Por un lapso de seis meses, contados a partir de la publicación de este decreto en la Gaceta Oficial, se suspende la aplicación de la causal de desalojo, establecida en el literal «a» del artículo 40 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para Uso Comercial.