El peatón cuida de su integridad en las calles y avenidas, por eso debe transitar por las aceras, es decir, sobre a un lado del pavimento, un poco más alto que la calzada de la calle o cualquier otra vía pública.
Esta estructura forma parte de la seguridad vial de los hombres, mujeres y niños que deben caminar para movilizarse, pero muchas veces se ven obligados a hacer el recorrido a orillas de la vía destinada a los vehículos, porque el lugar construido para su resguardo es ocupado por establecimientos que sacan la mercancía a la calle o vendedores que instalan sus puntos de venta en plena vía pública.
Un ejemplo de esta situación lo denunciaron, a través de la mensajería de Diario La Nación, los habitantes de La Ermita, quienes advierten que en las inmediaciones del mercado Municipal de esa comunidad las aceras y parte de la calzada están ocupadas por toldos y carretas que impiden el libre tránsito peatonal, e incluso afectan el vehicular. Este escenario se repite en diversos sectores de San Cristóbal y poblaciones cercanas.
Vecinos de La Ermita aseguran que entienden la necesidad de los vendedores informales de buscar el sustento de las familias, pero no deben crear el caos vial y mucho menos arriesgar a las personas que por allí pasan. Misma atención merecen los establecimientos comerciales establecidos cuando exhiben sus productos en plena vía pública.
Probablemente, quienes invaden las aceras no se detienen a pensar en el peligro en el que ponen a las personas que caminan para llegar a sus destinos. Al parecer, olvidan que estos seres no cuentan con accesorios o equipos de protección contra accidentes de tránsito.
“El peatón es el más débil de la cadena en siniestros viales”, comentó una funcionaria del servicio de Tránsito Terrestre de la Policía Nacional Bolivariana (PNB).
Indicó que el artículo 74 de la Ley de Tránsito expone las garantías que tenemos en cuanto a la circulación vial y peatonal, y es muy clara cuando establece que debe ser fluida y segura, sin impedimentos de ninguna especie. “…Por ningún motivo podrá impedirse el libre tránsito de vehículos o peatones en una vía pública…”
Asimismo, dijo que, según la Ley, “las autoridades administrativas o los órganos de ejecución en el ámbito de su ejecución quedan facultados para remover los obstáculos, obras, vehículos u objetos que se encuentren ubicados, estacionados, que se presuman abandonados o se encuentren depositados en la vía pública, zonas prohibidas o en sitios que obstaculicen el normal desarrollo de la circulación vehicular y peatonal”.
Afirmó que el reglamento de la Ley de Tránsito expresa claramente el uso de la acera y el de la calzada, para garantizar que cada quien circule de una manera segura por el lugar correspondiente. “La invasión de espacios ponen en riesgo la seguridad de los usuarios de las vías”, apuntó la funcionaria de la PNB.
Recuerda: “Respeta las normas y cuida la vida”, y así evitarás malos ratos…
Bleima Márquez