Nacional

Nuevo CNE: organizador del próximo ciclo electoral

3 de septiembre de 2023

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El mes terminó con un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE) designado y juramentado por la Asamblea Nacional (AN), el 24 de agosto, instalado y en funciones a partir del 25 de agosto.

Recordemos que, de acuerdo con la legislación electoral, las autoridades del CNE provienen de tres distintos orígenes postulantes: tres rectores electorales por la sociedad civil, uno por las facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de las universidades nacionales y uno por el Poder Ciudadano.

Así, postulados por la sociedad civil fueron designados como Rectores principales Elvis Amoroso, Rosalba Gil y Aimé Nogal. Sus rectores suplentes, en este orden, son Leonel Párica, Gustavo Vizcaíno, Francisco Garcés, Antonieta De Stefano, Tulio Ramírez y Ana Julia Niño.

Por las facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de las universidades, resultó designado como rector principal Juan Carlos Delpino. Sus dos rectores suplentes son Conrado Pérez y Aura Rosa Hernández.

Por el Poder Ciudadano, fue designado rector principal Carlos Quintero. Sus rectores suplentes son Imad Saab Saab y Fabio Zavarse Pabón.

Los cinco rectores principales, llamados en la ley rectores electorales, conforman el directorio del CNE.

La nueva directiva del CNE está encabezada por Elvis Amoroso, como presidente del Poder Electoral, quien recibió el acta de entrega de manos del presidente saliente, Pedro Calzadilla. Las nuevas autoridades electorales designaron además como vicepresidente del CNE al rector electoral Carlos Quintero.

El presidente y vicepresidente podrán durar tres años y seis meses en el ejercicio de esas funciones, según el artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE).

Son atribuciones del presidente del CNE las de ejercer la representación oficial del Poder Electoral y su órgano rector, presidir las sesiones y dirigir los debates, convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias, girar instrucciones de obligatorio cumplimiento a los órganos subordinados y los organismos electorales subalternos, las oficinas regionales electorales y a cualquier persona en el ejercicio de sus funciones electorales, y designar y remover al personal de libre nombramiento y remoción.

El vicepresidente del CNE, comparativamente con menos atribuciones, suple las faltas temporales o accidentales del presidente, forma parte de los órganos subordinados del CNE en la forma que establece la ley y actúa por delegación del presidente en las materias asignadas o atribuidas a éste.

Además del directorio, el CNE cuenta con tres órganos subordinados: la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, como establece el artículo 44 de la LOPE.

Cada uno de estos órganos subordinados están integrados por tres miembros, dos de los cuales son rectores electorales y el tercero uno de los suplentes de un rector electoral, distinto a los rectores que conforman la Junta Nacional Electoral. Serán presididos por uno de los rectores electorales, postulados por la sociedad civil. Tienen competencia nacional, carácter permanente y su sede se encuentra en la capital de la República.

El nuevo CNE también decidió el 25 de agosto cuáles de sus miembros formarán parte de los órganos subordinados:

La Junta Nacional Electoral quedó presidida por el titular del CNE y rector electoral Elvis Amoroso, y conformada por el vicepresidente del CNE y rector electoral Carlos Quintero y por el rector suplente incorporado Conrado Pérez.

La Junta Nacional Electoral tiene a su cargo la dirección, supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y referendos. Entre sus funciones están las de planificar y ejecutar todos los actos relativos a las elecciones, elaborar las listas de elegibles a cumplir con el servicio electoral, proponer las circunscripciones electorales, fijar la fecha de la instalación de las juntas y las mesas electorales, y totalizar, adjudicar y proclamar candidatos que resultaren elegidos. Otra función clave de la Junta es la de establecer el número y ubicación de los centros de votación y de las mesas electorales.

La Comisión de Registro Civil y Electoral será presidida por la rectora electoral Rosalba Gil y le acompañarán el rector electoral Juan Carlos Delpino y el rector suplente incorporado Leonel Párica.

La Comisión de Registro Civil y Electoral está a cargo de la centralización de la información del registro del estado civil de las personas naturales, e igualmente asume la formación, organización, supervisión y actualización del registro civil y electoral. Entre sus funciones están las de planificar, coordinar, supervisar y controlar el registro civil y electoral y conservar libros, actas y demás documentos correspondientes. Otra función clave de esta Comisión es la de depurar en forma continua y efectiva el Registro Electoral y publicarlo en los términos establecidos en la ley.

La Comisión de Participación Política y Financiamiento la presidirá la rectora electoral Aimé Nogal junto a la también rectora electoral Rosalba Gil y al rector suplente incorporado Imad Saab Saab.

La Comisión de Participación Política y Financiamiento tiene a su cargo promover la participación ciudadana en los asuntos públicos, así como la formación, organización y actualización del registro de inscripciones de partidos políticos. Controla, regula e investiga los fondos de los partidos políticos, y el financiamiento de las campañas electorales de los mismos. Entre sus funciones también está la de crear los mecanismos que propicien la participación de los ciudadanos en los procesos electorales.

Además, fue designado Antonio Meneses Rodríguez como secretario general del organismo electoral.

De acuerdo con la legislación electoral, el secretario general del CNE es un venezolano distinto a los rectores designados, que debe ser abogado mayor de 30 años y con experiencia profesional mínima de cinco. No tiene derecho a voto en el directorio. Puede ser designado y removido con el voto favorable de por lo menos cuatro de los rectores principales.

La resolución de instalación formal de este nuevo CNE está contenida en la Gaceta Electoral N° 1028, de fecha 25 de agosto de 2023.

La administración anterior del CNE permaneció en funciones dos años y tres meses, de mayo de 2021 a agosto de 2023. Cinco de esos 15 integrantes, quienes se habían postulado en el proceso de junio-agosto de 2023, resultaron designados para continuar como parte del ente comicial. Uno más, que había integrado la administración del CNE que estuvo en funciones entre junio de 2020 y mayo de 2021, regresa al ente rector del Poder Electoral.

Son altos el compromiso y la responsabilidad: este nuevo CNE deberá encarar el próximo ciclo electoral que comprenderá la renovación de todos los cargos de elección popular de la República en el bienio 2024-2025: un presidente de la República, 277 diputados a la AN, 23 gobernadores, alrededor de 250 legisladores estatales, 335 alcaldes y casi 2.500 concejales municipales.

La administración electoral es, mundialmente, una de las 11 dimensiones que componen los índices de integridad electoral a través de los cuales son evaluados y observados los procesos electorales. El árbitro debe ser un ente imparcial encargado de hacer cumplir las reglas de juego y llevar a cabo votaciones libres, universales directas y secretas.

Observatorio Electoral Venezolano

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