Humberto González Briceño
En la etapa de propaganda y promoción del referéndum sobre el Esequibo, Hermann Escarrá y otros destacados miembros del gobierno de Nicolás Maduro argumentaron que dicho referéndum era consultivo y en ningún momento vinculante. Esto es, que no se podría tomar como un mandato con validez jurídica para los poderes públicos.
El ser vinculante o no era una cuestión pertinente, a juzgar por la calidad de las preguntas presentadas que cubrían un amplio espectro de asuntos con evidente impacto jurídico y político, tales como el desconocimiento de la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, la creación del estado Esequibo y el uso de la fuerza, entre otros medios, de ser necesario para recuperar el territorio en reclamación.
Haciendo abstracción de la coyuntura política, el Gobierno, promotor del referéndum, llamó a votar sí a las 5 preguntas, la oposición de la MUD no fijó posición y dejó a sus seguidores en libertad de votar como quisieran, mientras algunos académicos llamaron a votar sí y no a algunas preguntas.
Para la inmensa mayoría de los venezolanos resultó difícil separar el asunto del Esequibo de la actual coyuntura. La prisa en la convocatoria y la improvisación en las preguntas, además del escalamiento retórico contra Guyana llevó a pensar a muchos que el Gobierno en realidad estaba creando las condiciones para suspender las garantías políticas ante un estado inminente de conmoción nacional, lo cual sin duda le permitirá influir en la política interna.
Esta percepción puede explicar por qué la mayoría de los electores no asistió a los centros de votación y estos lucieron tranquilos y desolados a lo largo del día. También esto explicaría por qué el CNE presentó una cifra consolidada de votos en la suma de las 5 preguntas, que no del total de votantes que efectivamente acudieron.
Una vez conocidos los resultados oficiales, Nicolás Maduro ha sido enfático en explicar que ese referéndum consultivo tiene indiscutibles efectos jurídicos vinculantes. Así Maduro contradice todo el discurso de la campaña llamando a votar 5 veces sí y también desautoriza las opiniones de otros funcionarios tales como el propio Hermann Escarrá y la presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, quienes hasta hace unas horas defendían la tesis que el referéndum era consultivo y no tenía carácter vinculante.
Técnicamente Nicolás Maduro tiene razón. La contradicción de rango constitucional está contenida precisamente en los artículos 70 y 71 de la Constitución de 1999 de cuya concatenación se interpreta que el referendo (consultivo) es un medio de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía en lo político “…y sus decisiones serán de carácter vinculante”.
Desde el punto de vista jurídico y constitucional, le correspondería al TSJ resolver esta incongruencia y declarar la inconstitucionalidad parcial de los artículos 70 y 71 por ser mutuamente excluyentes y contradictorios. Desde el punto de vista político habría que discutir si la decisión adoptada por el 5 % o menos de la población electoral, que incluyó menores de edad, tiene la fuerza para afectar a todo el conjunto de la sociedad política.- @humbertotweets