El TSJ declaró improcedente un recurso introducido por Henrique Capriles, con lo cual se mantiene la inhabilitación política en su contra emitida el 6 de abril de 2017
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se pronunció el viernes 26 de enero sobre los recursos introducidos por los dirigentes opositores en contra de sus inhabilitaciones políticas. Al mismo tiempo, respondió a un recurso del exgobernador Henrique Capriles de 2017.
«El TSJ informa que, cumpliendo con la Constitución, las leyes vigentes, y en el marco del Acuerdo de Barbados, la Sala Político Administrativa procederá a publicar en el transcurso del día las decisiones tomadas en todos los casos de inhabilitación a partir de las solicitudes», informó el Tribunal a través de su cuenta en la red social X, antes Twitter.
El TSJ declaró improcedente un recurso introducido por Henrique Capriles, con lo cual se mantiene la inhabilitación política en su contra emitida el 6 de abril de 2017. En ese momento, la inhabilitación impuesta por la Contraloría General de la República (CGR) fue por 15 años.
«Esta solicitud no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados firmado el 17 de octubre de 2023», indicó la Sala del Tribunal. Además, remitió el expediente al fiscal general, Tarek William Saab, «por los presuntos hechos graves en que incurrió el prenombrado ciudadano, a fin de que determine las sanciones penales a que haya lugar».
Sin embargo, fueron habilitados los dirigentes Leocenis García (Prociudadanos), al igual que Richard Mardo y Pablo Pérez (Primero Justicia), Daniel Ceballos (partido digital Arepa) y la exalcaldesa Rosa de Scarano. Al esposo de esta última, el exalcalde Vicencio Scarano, se le ratificó la inhabilitación por 15 años.
En el caso de Leocenis García, el TSJ declaró procedente la demanda de nulidad con solicitud de amparo cautelar «que fue presentada en el marco del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023 cumpliendo con los parámetros y exigencias allí señalados. En consecuencia, el ciudadano Leocenis Manuel García Osorio queda habilitado para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar».
Asimismo, el TSJ habilitó al dirigente Richard Mardo (PJ), quien presentó una demanda por Vía de Hecho Conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar «por las presuntas actuaciones materiales ejercidas por la Contraloría General de la República y el Consejo Nacional Electoral (CNE)».
Sobre Daniel Ceballos, la Sala Político Administrativa también declaró procedente la solicitud de amparo cautelar introducida por el exalcalde, ante la Resolución Nro. 01-00-000119 del 17 de abril de 2015, dictada por la Contraloría tras su detención por no impedir las trancas en su municipio durante las protestas de 2014, conocidas como «La Salida».
Otra de las habilitadas es la exalcaldesa de San Diego (Carabobo), Rosa Brandonisio de Scarano, a quién se le había impuesto una inhabilitación por 15 años el 3 de mayo de 2017. En cambio a su esposo, el también exalcalde Vicencio Scarano Spisso, le fue ratificada la inhabilitación por 15 años impuesta por la Contraloría el 17 de febrero de 2017, a través de la resolución 01-00-000135, bajo los alegatos de no haber impedido las trancas en su municipio durante las protestas de 2014. (Tal Cual)