Economía

¿Subirán los precios con el aporte impuesto por la Ley de Pensiones?

11 de mayo de 2024

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Dilio Hernández: La indeterminación sobre si el valor del aporte se carga al inicio o al final de la cadena, puede generar un efecto que elevaría el costo del bien o del servicio

Humberto Contreras

La Asamblea Nacional sancionó el pasado martes 7 de mayo la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista (así se denomina), y el miércoles fue promulgada por Nicolás Maduro, ley “cuyo objeto es establecer mecanismos para proteger a los pensionados impactados negativamente por las medidas coercitivas unilaterales impuestas por el Gobierno de Estados Unidos y sus aliados europeos” según señala textualmente la nota de la web de la AN.

El texto de la AN indica que en la ley se fijó el monto de hasta 15 % del total de los pagos realizados a los trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial, que debe ser aportado como contribución especial por las personas jurídicas de carácter privado, domiciliadas o no, en la República, y que realicen actividades económicas en el territorio nacional. La Ley plantea la recaudación de la contribución especial, a través del Seniat, que debe ser declarada y pagada mensualmente.

El doctor Dilio Hernández, economista y director del Centro de Investigación y Análisis Prospectivo (CIAP), nos hizo llegar su apreciación en torno a este instrumento legal recién aprobado, señalando al respecto que “lo primero que debemos aclarar, es que nadie discute la necesidad de buscar alternativas para el financiamiento del incremento del valor de las pensiones del Seguro Social”.

Ello es necesario, enfatiza, en un país donde el número de beneficiarios supera 5.5 millones de personas, la mayoría correspondiente a las pensiones no contributivas, cuyo monto individual no supera los 3.5 dólares, más el Bono de Guerra que beneficia al sector público, y que en conjunto apenas cubre 20 % del costo de la canasta básica de alimentos para una familia de 5 personas, actualmente estimado en unos 550 $.

–En segundo lugar -afirma Hernández-, el nuevo tributo es un impuesto regresivo; y como tal, afecta por igual a pobres y ricos sin considerar la capacidad contributiva de las personas. Al final, el impuesto se cargará al precio de los bienes y servicios finales, pues está estimado sobre el valor del ingreso mínimo establecido por el Ejecutivo, que es de 130 dólares, incluido el bono de guerra (90 $), el cual, por cierto, no cancela el sector privado.

¿Subirán los precios?

Señala el profesor universitario que la indeterminación sobre si el valor de la contribución se cargará al inicio o al final de la cadena de comercialización, puede generar un efecto cascada que elevaría aún más el costo final del bien o del servicio.

–En tercer lugar –explica-, el problema no lo tiene el empresario, que trasladará el valor de su tributo al bien o al servicio, al incluirlo en la estructura de costos y no al capital, ni la rentabilidad.

El problema para el empresario -continúa el experto- es que en una economía con una caída importante de la demanda causada por el bajo poder adquisitivo del venezolano, cualquier incremento de los precios deprime aún más la demanda y aleja las expectativas de reactivación de la economía.

En cuarto lugar, se trata de un tributo que pecha sólo el sector formal, sobre el cual pesan más de 45 tributos que se llevan más de 50 % de su rentabilidad, y no al sector informal que constituye más de 70 % de la economía, y que no declara impuesto, generando una desigualdad tributaria importante.

–Finalmente -dice el economista-, debemos diferenciar entre la política social contributiva y la no contributiva. La primera, está vinculada a la política salarial que debe estar orientada a proteger el salario y la protección social del trabajador y su familia, que garantice un sistema pensiones justo y digno.

La segunda, la política social no contributiva, está asociada al desarrollo de programas de asistencia social a los sectores vulnerables que les garantice un ingreso vital mínimo en función de una política fiscal redistributiva del ingreso, con equidad social por parte del Estado.

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