Política

«Seguiremos agotando vías legales para que haya certeza sobre comicios»

26 de agosto de 2024

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El excandidato presidencial, Enrique Márquez, afirmó el domingo 25 de agosto que continuará agotando las vías establecidas en la Constitución a fin de que se cumpla con lo establecido en la ley y haya claridad sobre los resultados de las elecciones del 28 de julio.

A través de sus redes sociales, Márquez reprochó que el recurso interpuesto por él contra la presidenta de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, Caryslia Rodríguez, fuera desestimado por «extemporáneo» y agregó que los venezolanos necesitan tener «certezas» sobre lo ocurrido para alcanzar la paz en el país.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó «por extemporánea» la recusación presentada por el excandidato Enrique Márquez contra la presidenta de la Sala Electoral del órgano judicial, Caryslia Rodríguez.

«Se declaró Inadmisible por extemporánea la recusación realizada en fecha 20 de agosto por el ciudadano Enrique Márquez, en su alegada condición de excandidato a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, postulado por el partido político Centrados en la Gente, para el proceso electoral que se realizó el 28 de julio de 2024. Así se decide», dice la sentencia número AVP-001 del expediente 2024-000034, que tuvo como ponente a Fanny Beatriz Márquez Cordero.

Una recusación es el acto a través del cual se pide que un juez, un integrante de un tribunal o un fiscal no intervengan en un determinado proceso judicial por considerar que su imparcialidad no está garantizada. Esta impugnación debe ser presentada por la parte interesada, la cual, a través de un escrito formal, manifiesta las causas de la recusación.

El exaspirante presidencial acudió el martes 20 de agosto al TSJ para presentar una solicitud de recusación contra la presidenta de la Sala Electoral, Caryslia Beatriz Rodríguez, porque considera que sus vínculos políticos afectan su imparcialidad en el caso.

Márquez consignó documentos en el ente judicial para argumentar que Rodríguez “no ha demostrado idoneidad” en el ejercicio del derecho para desarrollar la causa de la elección presidencial que lleva la Sala Electoral alrededor de los hechos del 28 de julio.

Tal Cual

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