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Inicio/Nacional/¿Cómo y quiénes pueden dejar de ser miembros de mesa este 20-M?

Nacional
¿Cómo y quiénes pueden dejar de ser miembros de mesa este 20-M?

viernes 27 abril, 2018

Hasta el próximo 7 de mayo estará abierto el proceso para la solicitud de la excepción del servicio electoral, fase a la que sólo podrán recurrir aquellos votantes que, a pesar de haber sido escogidos para cumplir labores como miembros de mesa, no pueden asumir esa responsabilidad.

La Ley orgánica de procesos electorales señala claramente que las excepciones pueden ser presentadas solamente por aquellos venezolanos mayores de 65 años de edad, así como aquellas personas que tienen alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes; ser candidato en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en un partido o ser promotor de un grupo de electores, según AVN.

También están exceptuados de esta responsabilidad aquellas personas que deben prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio, como médicos, enfermeras, bomberos, y los funcionarios policiales.

De presentarse algunos de los casos antes mencionados, el Consejo Nacional Electoral (CNE) establece los procedimiento a seguir:

El primer paso es ingresar al portal oficial del CNE (www.cne.gob.ve), al módulo de consulta de datos. Posteriormente, debe acceder al Sistema Automatizado de Excepción al Servicio Electoral, opción que se encuentra al final de la página.

En dicho sistema tendrá que llenar la planilla de solicitud que se le presenta, específicamente la dirección de habitación y la razón por la cual solicita que sea exceptuado del servicio.

Luego debe adjuntar los recaudos que certifiquen su condición. Cada caso es diferente.

¿Cuáles son esos recaudos?

De acuerdo con el material publicado por el CNE en su portal web, las personas mayores de 65 años de edad sólo deben consignar la cédula de identidad, mientras que los electores que no puedan prestar servicio por razón de su profesión u oficio, como médicos y policías, deben presentar la constancia de trabajo o fotocopia de la credencial vigente.

Si la persona es candidata a un cargo de elección popular, debe entregar una constancia emitida por la organización con fines políticos que lo respalda, mientras que quien detente un cargo de dirección en un partido político, debe presentar la comunicación escrita que certifique su estatus. Condición similar aplica si se trata de un promotor de un grupo de electores.

Quien manifieste tener una condición de discapacidad física, mental o de salud, tiene que consignar el certificado médico reconocido por las autoridades.

De igual forma, se exceptúa a las personas que tengan hijos menores de dos años en período de lactancia o con limitaciones físicas o metales, que cuiden personas con alguna discapacidad o estén a cargo de la atención de adultos mayores. En estos casos, debe entregarse un informe o certificado médico validado por las autoridades competentes, la partida de nacimiento que certifique el nexo con la persona atendida y la cédula de identidad del solicitante.

El elector que resida fuera de la jurisdicción donde fue seleccionado, debe consignar constancia de residencia expedida por el CNE, con la cédula. Si la persona vive fuera del país, debe presentar carta de exposición de motivos más su cédula o pasaporte.

Si se solicita la excepción por motivo de estudios, la persona debe presentar el documento de inscripción o constancia de estudios vigente certificado por la autoridad competente.

Asimismo, si las personas no puede cumplir con este servicio por el tema laboral, debe presentar constancia de trabajo, credencial o documento similar vigente; si es por motivos de salud debe consignar el informe médico o certificado validado por las autoridades competentes.

Para las elecciones del próximo 20 de mayo, cuando se escogerá al Presidente de la República y a los integrantes de los consejos legislativos estadales, se escogieron en sorteo público un total de un millón 32.000 votantes para prestar servicio electoral.

Los votantes seleccionados que no presenten la solicitud de excepción dentro del lapso previsto, deberán cumplir las funciones electorales que les asigne el CNE, indica una notificación del este ente rector del Poder Electoral.

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