Política

Concejales de San Cristóbal solicitarán revisar contrato con Alcaldía de Torbes

27 de septiembre de 2017

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Concejal Gerardo Rincón. (Foto/Omar Hernández)

Los ediles del Concejo Municipal de San Cristóbal solicitarán la revisión del contrato que hizo firmar la Alcaldía del municipio Torbes a los diferentes municipios de la Mancomunidad Metropolitana del Estado Táchira (Mamdesta), para permitir la disposición final de los desechos en el vertedero de San Josecito, anunció el concejal  Gerardo Rincón, como presidente de la Comisión de Servicios Públicos, Concesiones, Contratos y Medio Ambiente, del cuerpo edilicio.

Dijo que la municipalidad no puede asumir un contrato, en el que se le obliga a cancelar 10 bolívares por cada kilo de basura llevado al vertedero -basado en una tasa de 0.33.3 bolívares de la Unidad Tributaria-, “sin tener la disponibilidad presupuestaria y financiera”.

—No es posible que se haya supuestamente coaccionado, y en este caso hablo del municipio San Cristóbal, que no habiendo disponibilidad presupuestaria ni la disponibilidad financiera, se haya obligado a firmar un contrato con el cual este año, los últimos cuatro meses que faltan, el municipio tenga que sacar 240 millones de bolívares que no los hay y que en el Concejo Municipal de San Cristóbal en ningún momento fue aprobado; por lo tanto, solicitaremos al Ejecutivo municipal, que a través de la sindicatura, este contrato sea revisado-, subrayó.

El concejal por Copei expresó  que están conscientes de que los municipios deben cancelar la disposición final pero que establecer las tasas por este servicio no es competencia de una alcaldía, sino del Ministerio de Ecosocialismo y Agua con competencia en materia de ambiente, y que en última instancia, el 14 de febrero, el gobernador solicitó un permiso especial para delegar la administración del vertedero a Mamdesta y no a la Alcaldía de Torbes, “por lo que será necesario un pronunciamiento del Consejo Consultivo de la mancomunidad”.

Señaló que el Concejo Municipal de Torbes aprobó esta tasa mediante una ordenanza donde dispone de esos recursos para un fin distinto al del servicio prestado, “lo que muestra un desconocimiento en la materia, pues a diferencia de lo recaudado por impuestos, las tasas no pueden ser reinvertidos en educación, salud, seguridad, cultura, deporte y recreación, y jubilación para los trabajadores, como asegura dicha ordenanza”.(am)

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