Este noveno “round” de las medidas económicas se inicia con la pregunta que me hacía de manera serena y respetuosa don José Monsalve: “¿esto se va arreglar?, porque lo que veo es que todo está agravando nuevamente con mayor fuerza”. Le respondí un tanto apesadumbrado: “el principal culpable sigue siendo el gobierno por retardar lo que debe hacer en materia de economía política. Los grandes ganadores son sus cómplices circunstanciales que siguen aprovechándose del sistema de precios diferenciados y de la anarquía en todos los órdenes… Pareciera que sus asesores económicos solo se quedaron a nivel efectista…Es muy lamentable la situación porque aquí seguimos perdiendo todos…”
Desequilibrios recurrentes:
Que se siga incumpliendo con el precepto económico “tanto mercado como sea posible, tanto Estado como sea necesario”, y que no se permita la actuación de los mecanismos naturales y transparentes de los mercados relacionados acarrea:
Que persistan los “desequilibrios recurrentes”, que sistemáticamente hacen alejar el preciado equilibrio entre la oferta y demanda de los bienes y servicios que se necesitan, y por tanto el precio que se alienta y se retroalimenta es el especulativo que corroe progresivamente a toda la sociedad.
Exigencia moral y ética:
Entonces la misma conciencia de la sociedad entendida esta como el“conocimiento crítico y reflexivo de la realidad”, reclama que se deje a un lado los cálculos políticos-electorales, y se tomen la decisiones pertinentes para neutralizar de una vez por todas el aumento exponencial de la inflación (que aún se niega su publicación oficial), al ponerle un coto o finiquito a la manipulación consciente o inconsciente que se realiza en torno al triángulo cambiario perverso bolívar-peso-dólar. Recordando al respecto la tesis:
No es el dólar “today” sino el peso “always” el que realmente fija la pauta en el proceso de “dolarización” y “megahiperestanflación” en Venezuela…
Precios antieconómicos y subsidios regresivos:
Entonces se deben eliminar de forma definitiva los antieconómicos precios controlados, “acordados” o subsidios “regresivos” (precio de la gasolina por ejemplo), que lo único que logran es fomentar y auspiciar la especulación a todo nivel de forma impune y abusiva. Obsérvese (y es muy sencillo de comprobar) que una de las características del “síndrome de la colas”, es que de cada 100 personas que se encuentran esperando por comprar el producto, al menos 55 lo adquieren con fines especulativos y tratar de mantener cierto poder adquisitivo “positivo” agravante de la situación.
Salario mínimo entre 23.104,00 y 92.419,00:
Se ha logrado descodificar en base a la misma información que ha presentado el Gobierno Nacional durante este este periodo del “Plan de Recuperación, Crecimiento y Prosperidad Económica”, que la inflación en el año 2017 pudo haberse ubicado en 3.900 %, el cual se constata con el aumento en el valor de la propia unidad tributaria. Por lo que resulta que el salario mínimo en términos del aumento general de preciosdebería ubicarse para diciembre (2018)dentro del rango 23.104,00 y 92.419,00 bolívares soberanos: a sabiendas que este momentosu equivalente aproximado en Colombia es de 74.404,00 Bs. S.
Acciones contradictorias del gobierno y federaciones:
Por tanto, resulta inconcebible que si se quiere lograr transferir poder adquisitivo a los trabajadores decentes de Venezuela, por una parte el Ejecutivo Nacional niegue la posibilidad de realizar los ajustes salariales respectivos para nivelarlos a valores indexados, pero también que los representantes federativos se empeñen en legitimar un salario mínimo de 1.800,00 Bs. S. Pareciera que se les olvidara que la Carta Magna está por encima de cualquier postura política, ley, norma o contratación colectiva
Exigencias:
Se debe exigir que se cumpla a cabalidad con el salario mínimo constitucional o el equivalente que se ha formulado con el nombre de salario o índice de poder adquisitivo pertinente (IPAP).
La propuesta de “Estructura Salarial Indexada” junto con los demás beneficios laborales de absolutamente todos los trabajadores, desde hace mucho tiempo se tiene a disposición, pero la cuestión es que ni el Gobierno Nacional, ni FAPUV, ni la mayoría de actores con responsabilidad y competencia en la materia, le han prestado la atención y consideración debida. La misma es viable según las condiciones del país, y está en plena concordancia con la aún vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Salario Constitucional (artículo 91):
“Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales…”
“El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica…”
Fuente: “Perspectiva Económica y Académica Contemporánea”. UNET. Año 2018.
(Pedro Morales) * Docente Universitario.