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Sudeban aclaró que solo están restringidas operaciones con terceros desde el exterior
6 de diciembre de 2018
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) y la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (Unif), aclaró por medio de un comunicado que las operaciones que se deben notificar, si se conectan a la banca electrónica, son aquellas donde estén involucrados terceros.
Los organismos en el comunicado explicaron el contenido de la circular SIB-DSB-UNIF-17799, de fecha 02 de noviembre de 2018, que restringe el uso de las cuentas bancarias desde el exterior, difundió Banca y Negocios.
Detallan que las operaciones permitidas sin notificación son depósitos en cuenta, depósitos por concepto de pagos de pensiones del IVSS, transferencias electrónicas recibidas (propias o de terceros), pago de servicios públicos, pagos de tarjetas de crédito del titular en el mismo banco o en otro, adelanto de efectivo a cuenta desde la tarjeta de crédito y solicitud de créditos.
“Solo deberán informar a las instituciones bancarias sobre su situación los clientes que requieran efectuar transferencias electrónicas hacia terceras personas (naturales y/o jurídicas) o realizar el pago de tarjetas de crédito a otros beneficiarios, en el mismo banco o en otro, desde el exterior a través de la banca por internet”, señala el comunicado.
Sudeban agregó que “las plataformas tecnológicas de los bancos ya se encuentran operativas para atender las solicitudes de notificación de viaje o estadía en el exterior, mediante un proceso sencillo”.