Internacional

La UE multa con 570 millones de euros a Mastercard por incumplir reglas de competencia

22 de enero de 2019

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La Comisión Europea impuso este martes una multa de 570 millones de euros al sistema de pago Mastercard por impedir a los comerciantes beneficiarse de ventajas de bancos de otros países europeos, incumpliendo así las reglas de competencia.

«Las normas impuestas por Mastercard han aumentado artificialmente los costos de los pagos con tarjeta, en detrimento de los consumidores y comerciantes de la Unión Europea», dijo en un comunicado la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager.

La investigación abierta por la Comisión en abril de 2013 se centró en las «tasas de intercambio», un monto que el banco del comerciante paga al banco de su cliente cuando este último efectúa una operación con su tarjeta de débito o crédito.

Antes del 9 de diciembre de 2015, cuando entró en vigor un reglamento europeo que limitaba los montos de estas tasas de intercambio, las comisiones podían variar considerablemente entre los países de la UE.

Mastercard obligaba así a los bancos a aplicar las tasas del país donde se encontraban el comerciante, lo que «impedía beneficiarse a los minoristas de comisiones más bajas y restringía la competencia transfronteriza entre bancos», según Bruselas.

«Debido a las normas de Mastercard sobre las adquisiciones transfronterizas, los minoristas pagaban más por los servicios bancarios (…) que si hubieran tenido la libertad de elegir servicios más baratos», explica la Comisión.

Esto implicaba «precios más altos» para los comerciantes y los consumidores, lo que supone una violación de las reglas europeas sobre ententes y abuso de posición dominante, precisa el comunicado.

Mastercard, el segundo sistema de pago con tarjeta más importante del Espacio Económico Europeo, se benefició de una reducción del 10% de la multa, al cooperar con el ejecutivo comunitario en la investigación.

En un comunicado, la empresa estadounidense consideró «coherente» la multa impuesta y recordó que la práctica en cuestión cubre «un período de tiempo limitado de menos de 2 años», ya que ya modificó sus reglas de cara a la entrada del reglamento europeo de 2015. AFP

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