Opinión

El concubinato de La Grita

15 de agosto de 2019

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Temístocles Salazar

Los primeros españoles que llegaron a La Grita, en el siglo XVI, desconocían la figura del matrimonio, traían de Europa la práctica de la barraganería y ello se juntó a la práctica de la poligamia indígena del lugar, que era la generalidad en todo el territorio de la entonces Venezuela. A medida que se consolidaba el poblamiento con el establecimiento de encomiendas y por consiguiente de la propiedad privada en las feraces tierras de La Grita, se constituyeron los matrimonios monogámicos, escasos por cierto, entre blancos, para garantizar las sucesiones hereditarias entre los miembros de la familia. Es de recordar que la figura del matrimonio monogámico fue instituida por el Concilio de Trento, que culminó en 1568, ordenando que la Iglesia no reconocía que los cristianos católicos tuvieran varias mujeres al mismo tiempo y el matrimonio era considerado un sacramento indisoluble y solo era válido el realizado ante las autoridades eclesiásticas. Por supuesto, los primeros españoles que llegaron a La Grita vinieron sin mujeres, lo cual los obligaba a practicar la barraganería y la poligamia a sus anchas. Este matrimonio monogámico consiguió abrirse paso en La Grita, alrededor del año 1600, pero la llegada de negros esclavos y de mulatos (hijos de blanco con negra) al lugar, unidos a los mestizos (hijos de blanco con india) e indígenas existentes, impuso definitivamente las uniones concubinarias. El concubinato fue la práctica habitual en la Venezuela de los siglos XVII y XVIII, y aun después, y La Grita no fue la excepción. El poblamiento de La Grita se levantó, a grandes rasgos, sobre el concubinato, aun cuando estaba prohibido por las ordenanzas municipales griteñas. El concubinato era muy pronunciado entre la llamada “gente de color” (mestizos, mulatos, negros e indios). El matrimonio monogámico era casi desconocido por estos sectores porque ese sacramento tenía para ellos “escasa significación económica y social”. Los encomenderos de La Grita comenzaron a imponerles reglas matrimoniales, pero muchas veces esos mismos encomenderos tenían dos o tres barraganas.

   La presencia del concubinato en La Grita motivó numerosas denuncias ante los alcaldes locales griteños para que se aplicaran castigos a los concubinos; abundaron los casos en Bailadores, que era de la jurisdicción de La Grita. O se casaban o se les aplicaban las penas de cárcel para los implicados. Pero había un impedimento cuando el concubino era mestizo y la concubina era blanca. Tenía que demostrar “no tener en su prosapia principio de mala raza” y si quedaba embarazada, era obligada a casarse. Muchas son las denuncias de la práctica de concubinato que aparecen en el Archivo Histórico de La Grita, en los siglos XVII y XVIII. Podríamos escoger un caso, entre muchos: uno, del 13 de julio de 1712, donde se averigua “ el abandono que la mestiza Dionisia Pascuala hizo de su marido para irse con Juan Bautista, indio del pueblo de Bailadores”. Otro, el 30 de diciembre de 1718, es la denuncia nada menos que un regidor (concejal) de La Grita hace ante el alcalde, “de un mozo de nombre Gregorio, por haberle hurtado a su hija y amenazado con su espada”. O el famoso juicio criminal, del 05 de abril de 1796, contra José María Parra, “por mantener amistad ilícita con dos mujeres: una viuda y de calidad noble, y la otra soltera de baja esfera” ¡Era un concubino igualitario! Esa práctica del concubinato produjo violencia abundante contra mujeres griteñas, como fue denunciado con coraje por las mismas mujeres y por la Iglesia católica ante los alcaldes de La Grita. En todo caso, el tiempo histórico de aquella práctica concubinaria no fue un pecado ni un mal social.

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