Humberto Contreras
A raíz de la reciente aprobación por la Asamblea Nacional de la Ley de Coordinación y Administración de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, sin duda alguna el Consejo Legislativo del Táchira tendrá que revisar en un plazo de 90 días, luego de la publicación en Gaceta, la Ley del Sistema de Tributos del Estado Táchira (LSTET), que aprobó el 22 de mayo.
Así lo señala el economista tachirense doctor Dilio Hernández, director del Centro de Investigación y Análisis Prospectivo (CIAP), al comentar la Ley de Coordinación Tributaria, como se le llama para abreviar, quien a mediados de junio, dio a este medio unas declaraciones cuestionando la referida Ley regional.
Expresó Hernández en esa oportunidad que “además de los vicios de inconstitucionalidad observados por expertos en la materia, la ley aprobada por el CLET contiene contradicciones con los principios de Derecho y de Justicia constitucionales que propugnan la defensa de los sectores más vulnerables de la colectividad, la justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, productividad y solidaridad”… y “atenta en primer lugar, contra la población más vulnerable del estado”.
Pone orden a la anarquía
—La nueva ley de Armonización Tributaria aprobada por la Asamblea Nacional el 18 de julio anterior y sancionada en su carácter orgánico por el Tribunal Supremo de Justicia, constituye un paso importante en materia tributaria, para poner orden en la anarquía municipal y estadal que en ese aspecto, se venía experimentando en varias regiones del país.
—En efecto -dijo Hernández- con ordenanzas y legislaciones estadales, las administraciones tributarias de estados y de municipios violaban el marco constitucional tributario que existe en el país, por la aplicación de tasas impositivas exageradas en principio, y además, en materias que no les corresponde.
Era un clamor nacional
Hernández indica que la Armonización Tributaria era un clamor de muchos actores tanto naturales como jurídicos en Venezuela, por la voracidad fiscal que algunos municipios y estados desarrollaron sin medir el impacto sobre la actividad económica y el bolsillo de los ciudadanos.
— Establecer un tope a los tributos de 3 %, con excepciones que pueden alcanzar máximo 6.5 %, además de poner límites a los costos de timbres fiscales de hasta 10 veces la Tasa de Cambio de la Moneda de Mayor Valor publicada por el BCV para las personas naturales, y 500 para las jurídicas, cancelados en bolívares, así como la identificación de actores y actividades sujetas a cargas impositivas, sin duda es una buena señal para ordenar los impuestos sin desconocer las facultades fiscales de los municipios y de los estados establecidas en los artículos 164 y 179 de la Constitución nacional, y el modelo federal.
Si bien la nueva ley no señala penalidad por su incumplimiento, agrega el experto, sí dictamina que los municipios y los estados dispondrán de 90 días para ajustar sus ordenanzas y decretos legislativos que, al no hacerlo, los deja fuera de la normativa fiscal nacional.
Así pues, en el caso del Táchira, el CLET deberá revisar su Ley sancionada recientemente, que sin duda contiene disposiciones al margen del régimen tributario nacional, lo cual no sólo complica los procedimientos administrativos tributarios, sino que además conspiran para la reactivación de nuestra economía y golpean el bolsillo de los tachirenses.