Internacional
Cancelan eutanasia de Martha Sepúlveda al no cumplir con “terminabilidad”
10 de octubre de 2021
El procedimiento de eutanasia de la colombiana de 51 años, Martha Liria Sepúlveda, que estaba programado para ejecutarse este domingo 10 de octubre, fue cancelado la tarde este sábado, informó el Instituto Colombiano del Dolor.
De acuerdo con la información, el Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad, tras una reunión realizada el viernes, analizó de nuevo de «forma amplia y suficiente» la solicitud de la paciente para ser asistida con la eutanasia y concluyó que en este caso “no se cumple con el criterio de terminabilidad, como se había considerado en el primer comité”.
El comité apoyó su decisión basado en el numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social “que le asigna, dentro de sus funciones, revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte el desarrollo del mismo”.
En esta revisión, dicho comité obtuvo un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, lo que llevó a sus miembros a concluir que el criterio de terminabilidad de la vida de Martha Liria no aplica para este caso.
La cancelación «viola la sentencia»
Respecto a este reversazo del Comité médico que iba a asistir a la paciente, Carmenza Ochoa, exdirectora de la Fundación Derecho a Morir Dignamente, dijo sentirse indignada.
En declaraciones a El Colombiano, señaló que con el argumento de la “no terminabilidad” de Martha Liria se viola la sentencia de la Corte Constitucional, pues precisamente esta ya no es una exigencia para asistir a los pacientes que desean terminar con su vida para evitarse el sufrimiento.
“Es injusto que se tome esta decisión, porque la Corte dio un avance al considerar el derecho a una muerte digna para casos de una enfermedad incurable, progresiva, irreversible y que le ocasione sufrimientos al paciente y a su familia”.
El caso de Martha Liria reúne todos los requisitos definidos por la Corte Constitucional, “y ya no se necesita el requisito de terminabilidad si la paciente considera que desea morir para no sufrir más, ya no se necesita ser paciente terminal para tomar la decisión”, expuso la exdirectora de la Fundación Derecho a Morir Dignamente, al aclarar que esta opinión la emite a título personal, pues ya no dirige la fundación.
Intervención de la Iglesia católica
A mitad de la semana, la Iglesia Católica instó a la ciudadana a desistir de su decisión bajo el argumento de que solo dios puede disponer de la vida de las personas.
“De acuerdo con nuestras profundas convicciones cristianas, la muerte no puede ser la respuesta terapéutica al dolor y al sufrimiento en ningún caso. La muerte propiciada mediante el suicidio o la eutanasia no resulta compatible con nuestra interpretación de la dignidad de la vida humana”, argumentó Monseñor Francisco Ceballos, obispo de la Diócesis de Riohacha y presidente del Departamento de Promoción y Defensa de la Vida de la Conferencia Episcopal de Colombia.
RZ con información del portal web El Colombiano