Internacional

Tribunal supremo de Venezuela en el exilio condena al presidente Maduro a 18 años de prisión

16 de agosto de 2018

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El tribunal supremo de justicia venezolano paralelo, nombrado por la mayoría opositora del Parlamento y que está en el exilio, condenó este miércoles a 18 años y tres meses de prisión al presidente de la República, Nicolás Maduro, por corrupción en el caso de la brasileña Odebrecht.

La corte halló «comprobada la comisión de los delitos de corrupción propia y legitimación de capitales» y ordenó que el mandatario cumpla la pena en el centro de detención de Ramo Verde, ubicada en el estado Miranda, dijo el magistrado Rafael Rommel-Gil en Bogotá.

Además, el tribunal paralelo, cuyas decisiones desconoce el gobierno venezolano, le impuso una multa de 25 millones de dólares por corrupción propia y de 35.000 millones por legitimación de capitales, así como una inhabilitación política por el tiempo de la pena. También solicitó una orden de captura internacional.

El tribunal supremo de justicia venezolano paralelo, sesiona en Bogotá, el 15 de agosto de 2018. AFP / JOHN Vizcaino

La sala plena del tribunal paralelo dictó la sentencia en un recinto del Congreso colombiano, donde desde la mañana escuchó la acusación de la fiscal general destituida, Luisa Ortega Díaz, quien huyó de Venezuela en agosto de 2017 tras ser removida de su cargo por la Asamblea Nacional Constituyente.

«Odebrecht resultó beneficiada con innumerables adjudicaciones de infraestructura que se tenían proyectado hacer en Venezuela», se «pagaron y no concluyeron», dijo Ortega durante el juicio.

Desde Caracas, el presidente de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Diosdado Cabello, desestimó la decisión. «¿Están en Colombia diciendo que pueden condenar al presidente de Venezuela y Nicolás sigue siendo el presidente? Dios mío», dijo desde su programa de televisión semanal.

En mayo magistrados exiliados en Miami habían «suspendido» a Maduro de su cargo por este caso.

El abogado de oficio del mandatario venezolano, Andrés Lindo, aseguró que no se debía condenar a Maduro por unos contratos «que nunca firmó» y en los que «el deber de vigilancia» competía a otras entidades.

«Eventualmente podría hablarse de algún tipo de responsabilidad administrativa, quizá. De responsabilidad penal, no», afirmó.

El 9 de abril los 13 magistrados principales y 20 suplentes de la corte paralela -exiliados en Colombia, Chile, Estados Unidos y Panamá- solicitaron al parlamento venezolano que autorizara el enjuiciamiento del presidente Maduro por presunta corrupción relacionada con la trama internacional de sobornos de Odebrecht.

El legislativo avaló el juicio, aunque todas sus decisiones son consideradas «nulas» por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano en ejercicio.

El TSJ declaró al Legislativo en desacato desde que en 2016 la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) asumiera 112 de los 167 curules, invalidando todas sus resoluciones.

Los magistrados ahora en exilio fueron nombrados por la oposición para corregir supuestas irregularidades en la designación de los jueces que ocupan esos cargos en el TSJ.

AFP

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