Nacional

Acoso judicial y asfixia presupuestaria apretaron aún más a las universidades en 2019

26 de diciembre de 2019

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Los obstáculos para la renovación de autoridades universitarias se convirtió en una excusa más del gobierno para tratar de intervenir en la autonomía y escudarse en el sistema judicial tras una nueva vuelta de tuerca que debe definirse dentro de un mes


El 2019 cerró con una espada de Damocles sobre la cabeza de quienes permanecen como autoridades rectorales de las universidades autónomas, a través de una orden judicial que ordena renovar estos cargos -sí o sí- a través de una polémica reforma de la normativa que pretende unas elecciones que han sido prohibidas por el mismo ente que ahora las apura. Un tiempo que ha ido corriendo y el 27 de febrero culmina el período límite que el TSJ estableció en la sentencia 324 para las elecciones de autoridades en la UCV.

Pero además del acoso judicial y la asfixia presupuestaria como política de gobierno, el deterioro de la infraestructura, el éxodo docente, la deserción estudiantil y el funcionamiento precario de las principales casas de estudio son apenas algunos de los frentes de lucha con los cuales deberán lidiaren 2020, sin contar los ataques directos y estratégicos desde el gobierno que se fueron asomando durante el año que terminó.

Primer trimestre: Sin dinero ni para pagar salarios

No había terminado el año 2018 y el Ministerio de Educación Universitaria junto a un grupo de asociaciones gremiales afines al oficialismo lanzaron una amenaza a los rectores de las universidades autónomas con la intención de forzarlos a «reconocer que el presidente legítimo era Nicolás Maduro». La amenaza para ese momento venía a través de una fórmula que se convirtió en política de gobierno: el recorte o retraso en la asignación de recursos que deja en jaque el compromiso de cumplir con la nómina de pago de los trabajadores y docentes.

En 2019 la advertencia se concretó. Durante el primer trimestre de este año, los rectores de Averu denunciaron que el ministerio les exigía «certificar la solicitud de recursos para el pago de la nómina marzo 2019″, a pesar de que ya había sido enviada por las universidades en el tiempo correspondiente. Esta certificación tenía una única condición: debía decir explícitamente que las autoridades pedían los recursos en nombre de lo»decretado por el Presidente Constitucional de la República Nicolás Maduro Moros el 14 de enero de 2019».

Durante más de una semana, el ministerio intentó condicionar la liberación de los fondos destinados al pago del personal activo, jubilado y pensionado, correspondiente a la primera quincena de marzo de 2019, hasta que se hiciera un reconocimiento expreso de Nicolás Maduro como «único presidente legítimo».

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) expresó públicamente que no iba a aceptar la medida porque se trataba de una medida de «coacción, extorsión o amenaza, disfrazada de certificación de mera relación, que de por sí es ilegal según el artículo 147 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, ya que no se puede supeditar el envío de los recursos financieros que pertenecen a las Universidades Nacionales, a la emisión de una declaración con marcada intención política».

El desembolso de los recursos se hizo luego de casi dos semanas y el retraso significó que la quincena de los trabajadores se pagara a finales del mes de marzo, es decir que el personal obrero, administrativo y docente tuvo que esperar un mes para poder cobrar sus salarios.

Imagen referencial (Foto: Cortesía).

 

Segundo trimestre: Emigración de docentes acentúa el vacío en las aulas

La deserción estudiantil y las renuncias de los docentes marcaron lo que sería un período académico debilitado. Desde el mes de abril y hasta junio, cuando se completaba el primer semestre del año, el salario promedio de un profesor universitario a dedicación exclusiva, bajo el cálculo del salario mínimo (para la fecha se mantenía en 40.000 BsS) apenas era el equivalente a 3 dólares mensuales.

Las consecuencias se hicieron cada vez más visibles. Los asociaciones y gremios docentes aseguraban que en la UCV el porcentaje de renuncias pasó de 30% a 50%, entre finales de 2018 a junio de 2019. Los datos de la Universidad de Carabobo fueron similares y señalaban un déficit de docentes de 50%. La Universidad de Oriente (UDO) registraba 20% de déficit ya que según sus registros -hasta mitad de año- solo contaban con 120 profesores de planta que debían atender una matrícula aproximada de 2.500 estudiantes.

La sub comisión de Educación de la Asamblea Nacional (AN) realizó un estudio durante el primer semestre del año en las principales universidades del país y detectaron que la ola migratoria afectó especialmente la plantilla docente: más de 60% de los profesores había renunciado y manifestaba que su razón principal era emigrar, de acuerdo a estadísticas que manejaban los gremios universitarios de las diferentes casas de estudio.

Tercer trimestre: Amenaza penal contra los rectores

El viernes 2 de agosto de 2019 circuló a través de redes sociales la imagen de una Gaceta Oficial fechada el 31 de julio de 2019, bajo el No. 41.684, en la cual se publica un acuerdo que se suponía era parte de una decisión tomada luego de una sesión virtual del Consejo Nacional de Universidades (CNU), que según indica esa gaceta se había realizado el 30 de mayo de 2019.

Pero en el documento que se hizo público nada coincidía: ni los datos, ni las fechas y mucho menos las decisiones señaladas en el acuerdo en las que supuestamente algunos miembros del CNU y el Ministerio de Educación Universitaria solicitaban al Ministerio Público: “el inicio de una investigación penal en contra de los Rectores de las Universidades Nacionales agrupadas en la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu), con motivo de pronunciamientos públicos en los cuales desconocen el gobierno legítimo y Constitucional del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, así como por el hecho de profesar y realizar acciones abiertamente hostiles y de conspiración destinadas a desestabilizar el orden constitucional y los poderes legalmente constituidos».

Rectorado de la Universidad de Los Andes (Foto: Cortesía).

 

La gaceta señalaba que esta decisión surgió a partir de un derecho de palabra del bachiller Miguel Ángel Díaz Reyes, quien también solicitó que la Contraloría iniciara un procedimiento en contra de los rectores de Averu por «incumplimiento en los informes de rendición de cuentas».

Pero en una búsqueda realizada por TalCual se evidenció que se trataba de una resolución anterior emitida por el Consejo Nacional de Universidades en la que el acuerdo al cual hacen referencia solo era algo que se había mencionado dos años antes, el 30 de mayo de 2017, según se puede ver en una nota publicada en ese entonces por el portal Correo del Orinoco.

La más reciente sesión del Consejo Nacional de Universidades que se había celebrado para ese entonces fue la del miércoles 31 de julio (fecha de la Gaceta) y según varias autoridades rectorales que estuvieron presentes, entre ellas el secretario de la UCV, Amalio Belmonte, ni siquiera se discutió el punto y no se habló en absoluto de algo similar. Belmonte especifica que solo estuvo fuera de la sala durante un lapso de 8 a 10 minutos y esta discusión nunca ocurrió,lo que también aseveran representantes de otras universidades que permanecieron en la sesión, como Marlene Primera, secretaria de LUZ y el vicerrector administrativo de la Universidad de Carabobo, José Ángel Ferreira.

El ministerio nunca se pronunció ni aclaró oficialmente lo ocurrido y el mencionado acuerdo quedó como el misterio de una amenaza velada que solo serviría para advertir una nueva intervención judicial que se produjo menos de un mes después.

Cuatro trimestre: Desempolvar el polémico 1×1 para forzar elecciones

El 27 de agosto de 2019 apareció de la nada la sentencia No. 324 emitida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la cual ordena que dentro de un plazo de seis meses se realicen elecciones de autoridades rectorales de las universidades autónomas. La sentencia se sustenta en la idea de que se cumpla una votación en «igualdad de condiciones», según el artículo 34, apartado 3, de la Ley Orgánica de Educación (LOE), un polémico procedimiento conocido como 1×1 o voto paritario, que desde 2009 (fecha de la promulgación de la LOE) se ha convertido en un punto de quiebre que contraría a la Ley de Universidades y a la misma Constituciónen su articulo 109, donde se define quiénes conforman la comunidad universitaria y el principio y jerarquía de la autonomía.

Se trata de una sentencia que el TSJ desempolvó ocho años después, y que ocurrió durante el período vacacional judicial y de las universidades, una sentencia sin motivación que ordena una medida cautelar que nadie pidió, como explicó el rector de la Universidad de Los Andes (ULA), Mario Bonucci, basada en el artículo de la discordia incluido en la Ley Orgánica de Educación, que dicta «elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento».

A pesar de la polémica y de lo que implicaría la medida en el principio constitucional de la autonomía universitaria, la Sala Constitucional del TSJ ratificó el 27 de noviembre la sentencia 324, en el que se ordenó la renovación de las autoridades rectorales en la Universidad Central de Venezuela (UCV) dentro de un plazo de seis meses,lo que significa que dentro de un mes las universidades deberán enfrentarse a esta nueva amenaza, ya que el 27 de febrero se cumpliría el plazo establecido en el documento.

La sentencia que ratifica cada una de las partes de la sentencia estuvo a cargo de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán. Los artículos 31 y 32 de la Ley de Universidades establecen los procedimientos y el quórum requerido para la elección de los cargos de rector, vicerrectores y secretario; mientras que el artículo 65 refiere el sistema para la elección de decanos que «serán elegidos por la Asamblea de la respectiva Facultad y declararán tres años en sus funciones», pero la sentencia de facto los anula y obliga a establecer una nueva normativa que contraria los principios de la autonomía universitaria.

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