El Tribunal Quinto de Ejecución de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas revocó la medida de detención domiciliaria al ciudadano Leopoldo López por violarla flagrantemente.
En este sentido, el juzgado en su decisión libra orden de aprehensión dirigida al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).
López también violó la medida referida a la condición relativa a pronunciamientos políticos por medios convencionales y no convencionales, nacionales e internacionales, demostrando la no sujeción a las medidas.
El Tribunal ordena que el mencionado ciudadano continúe cumpliendo su pena de 13 años de prisión —de los cuales ha cumplido cinco años, dos meses y doce días— en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde (Cenapromil).
Indica el Tribunal Quinto de Ejecución de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que es un hecho público, notorio y comunicacional la violación por parte de Leopoldo López de la medida de detención domiciliaria, al aparecer y declarar en medios de comunicación masivos.
España: no lo entregaremos
El gobierno español anunció este jueves que no entregará a las autoridades venezolanas al opositor Leopoldo López, refugiado en la residencia del embajador español en Caracas y objeto de una orden de detención en el país.
El gobierno de España “en ningún caso contempla la entrega de Leopoldo López a las autoridades venezolanas ni su desalojo de la Residencia del Embajador”, afirmó el ejecutivo en un comunicado, deseando también “encontrar una solución a la mayor brevedad posible”.