El Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería destacó que este proceso puede realizarse a través de su página web, pero solo podrá ser solicitado en una única ubicación y con entrega en tan solo 48 horas
El Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) cuenta con una nueva opción para la atención de venezolanos en materia de pasaportes: Ahora podrán solicitar el Pasaporte Ordinario con Habilitación con entrega en tan solo 48 horas. Esta opción, disponible para mayores de edad, niños, niñas y adolescentes, amplía el acceso a este servicio acelerado.
A través de la red social Instagram, el organismo destacó que este proceso de solicitud puede realizarse a través de su página web, pero solo podrá ser solicitado en una única ubicación. El servicio solo se podrá tramitar en la oficina Simón Bolívar, ubicada en las torres de El Silencio, en la ciudad de Caracas. «La sede contará con más de 40 funcionarios dedicados exclusivamente a este servicio, con el objetivo de agilizar la entrega de los documentos de viaje», señala la publicación.
¿Cómo solicitar el pasaporte habilitado?
La persona interesada accede al portal web: La solicitud debe hacerse a través del portal oficial del Saime. Completar el formulario correspondiente, disponible en línea y seguir las instrucciones para formalizar la petición. Hay que asegurar tener todos los documentos y pagos necesarios, y seguir el procedimiento habitual para la solicitud de pasaportes.
Los requerimientos para los menores de edad son:
En el caso de los menores de 18 años, es necesario: serial de la cita, efectuar pago en entidades bancarias o punto de venta de Oficinas Saime, en caso de ser menor de 9 años de edad hay que consignar Copia Certificada del Acta de Nacimiento.
Si es mayor de 9 años debe estar cedulado, y presentar copia de acta de nacimiento.
El niño, niña o adolescente deberá estar acompañado de uno de sus padres, quien podrá hacer el trámite sin la presencia del otro padre por tratarse de una solicitud que garantiza el derecho a la identificación del niño, niña o adolescente y en ningún caso menoscaba el ejercicio conjunto de la patria potestad. En caso de padres extranjeros, éste deberá presentar el pasaporte.
Si uno de los padres ha fallecido y aún no se evidencie en el sistema de identificación tal situación, el padre sobreviviente deberá presentar el acta de defunción respectiva.
En caso de que ambos padres hayan fallecido o estén privados de la patria potestad y se otorgara la tutela a un tercero responsable, este deberá presentar la sentencia definitivamente firme del Tribunal de Protección del Niño o del Adolescente.
El Saime también advierte que la tramitación y expedición del pasaporte de los niños, niñas y adolescentes venezolanos en modo alguno implica o conlleva a generar una autorización para viajar al exterior, la cual de acuerdo con el régimen previsto en los artículos 392 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, deberá ser tramitada por el órgano competente. (Globovisión)