Opinión
La Constitución del Táchira: 25 Años de un Pacto por la Autonomía y la Identidad
domingo 18 enero, 2026
Alexis Balza
La Constitución del Táchira de 2001 no fue un simple ejercicio de adecuación normativa a la carta nacional de 1999. Fue, en su esencia, un acto de resistencia histórica y una declaración de fe en el federalismo. Al cumplirse un cuarto de siglo de su vigencia, es imperativo volver a su Exposición de Motivos para comprender que el Táchira no es una entidad administrativa más, sino una comunidad con vida propia, tradición constitucional y vocación integracionista.
Nuestra historia constitucional no comenzó en 2001. Se remonta a 1811, cuando los cantones tachirenses formaron parte de la primera Constitución Provincial de Mérida, y se consolidó en 1856 con la creación de la Provincia autónoma. Como redactores, quisimos dejar claro que la autonomía que defendemos es una conquista histórica arrebatada por el centralismo de principios del siglo XX.
El texto de 2001 recuperó competencias que el Táchira ya ejercía en 1864, como la organización de sus distritos, la educación popular y el fomento industrial. Refundar el Estado significó, entonces, devolverle al tachirense la potestad de decidir sobre su salud, su educación y su economía.
San Antonio y el Nombre: Los Símbolos de nuestra Resistencia
Un punto álgido de nuestra reflexión fue el simbolismo del nombre. Decidimos que el nombre “Táchira” fuera elevado a símbolo oficial junto al himno y la bandera. ¿Por qué? Porque en 1856 este nombre —de raíz arauaca y cedido por el Cantón Táchira (San Antonio)— venció a la propuesta de llamarnos “Torbes”. Mantener este nombre es defender nuestra integridad territorial frente a cualquier intento de disolvernos en otras regiones.
Asimismo, reivindicamos a San Cristóbal como Villa, rescatando su espíritu hospitalario y fundacional de 1561. Estas no fueron razones caprichosas, sino la reafirmación de que nuestra historia tiene raíces más profundas que cualquier decreto central.
La Frontera: De Periferia a Protagonista
Quizás la innovación más trascendental de esta Constitución es el Título XII, dedicado a la Frontera e Integración. Como diputado redactor, impulsé la idea de que la frontera no es un límite, sino un umbral.
Ubicamos al Táchira como la puerta de la Comunidad Andina. Nuestra Constitución manda a superar el marginamiento de los municipios fronterizos, igualando sus derechos y creando figuras como el Consejo Estadal de Fronteras. Interpretamos la visión de Bolívar: la frontera es el espacio donde se construye la hermandad latinoamericana, no donde termina la patria.
Innovación Social y Participación Protagónica
El texto de 2001 fue vanguardista al introducir principios de alteridad y progresividad en los derechos humanos. Establecimos que no hay derecho sin deber, y consagramos por primera vez derechos a la familia, a la protección ambiental y a la ciencia y tecnología.
Introdujimos la figura de los veedores y la planificación consultiva, porque entendimos que una democracia es real solo si el pueblo participa en la inversión social. La creación del Servicio Autónomo de Administración Fiscal fue nuestra apuesta por una Hacienda Pública profesional, lejos de la improvisación política.
Conclusión
A 25 años de aquel esfuerzo colectivo, la Constitución del Táchira sigue siendo la brújula para nuestra descentralización. Reivindicarla hoy es un acto de lealtad a nuestra identidad. El Táchira es y será un Estado federal que se resiste a desaparecer, un umbral de libertad que, desde San Antonio hasta La Grita, sigue latiendo con voluntad de autogobierno.










