Opinión
La Pasión de Cristo: reflexión sobre la justicia y las garantías procesales
martes 31 marzo, 2026
María Ninoska García de Morales *
La Pasión de Cristo, entendida como el conjunto de eventos que abarcan desde el arresto de Jesús hasta su crucifixión, es uno de los relatos más significativos de la tradición cristiana. Este episodio, además de su profundo significado espiritual, ofrece una oportunidad única para reflexionar sobre los principios de justicia y las garantías procesales que hoy consideramos fundamentales en el derecho penal. Los juicios de Jesús ante el Sanedrín (tribunal religioso judío) y Poncio Pilato (gobernador romano) revelan graves irregularidades que, desde una perspectiva jurídica moderna, vulneran derechos esenciales como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la valoración racional de las pruebas (Ferrajoli, 2011; Taruffo, 2008; Ferrer Beltrán, 2007).
En el juicio ante el Sanedrín, se observa un sistema de valoración probatoria basado en la íntima convicción, es decir, decisiones tomadas según las creencias personales de los jueces, sin necesidad de justificar racionalmente el fallo. Jesús es condenado por blasfemia tras una respuesta directa al sumo sacerdote, sin deliberación ni análisis de pruebas. Este modelo premoderno contrasta con la sana crítica racional, un principio contemporáneo que exige que las decisiones judiciales se fundamenten en pruebas objetivas y razonadas (Ferrajoli, 2011). Además, el juicio nocturno y la búsqueda de testigos después del arresto violan el principio de legalidad procesal, que establece que todo procedimiento debe respetar las normas previamente establecidas (Camargo, 2010).
Por su parte, el juicio ante Pilato refleja una abdicación de la responsabilidad jurisdiccional. Aunque Pilato manifiesta dudas sobre la culpabilidad de Jesús, cede a la presión política y social, lavándose las manos como símbolo de su renuncia a valorar racionalmente las pruebas. Este acto vulnera el principio in dubio pro reo, que establece que, en caso de duda, se debe favorecer al acusado. La decisión de Pilato no solo carece de motivación racional, sino que también demuestra la influencia de factores externos en el proceso judicial, comprometiendo la independencia del juez (Taruffo, 2008; Ferrer Beltrán, 2007).
Otro aspecto crítico es la inversión de la carga de la prueba. En un sistema penal justo, corresponde a la acusación demostrar la culpabilidad del imputado. Sin embargo, en estos juicios, Jesús es arrestado sin una acusación formal, y los testigos son buscados posteriormente, lo que viola el principio de presunción de inocencia y el onus probandi (Cafferata Nores, 2010). Además, los testimonios presentados son contradictorios, y no se permite un careo entre los testigos, lo que impide garantizar la veracidad de las pruebas. Jesús tampoco cuenta con un defensor, lo que vulnera su derecho a la defensa, una garantía fundamental en cualquier sistema judicial (Bello Tabares, 2016).
Desde una perspectiva procesal, el iter probatorio (las etapas de producción, admisión y valoración de las pruebas) en ambos juicios es profundamente defectuoso. La detención nocturna de Jesús en Getsemaní constituye una prueba ilícita, ya que se realiza violando las normas legales de la época. Según la doctrina del fruto del árbol envenenado, toda prueba derivada de un acto ilegal debe ser excluida del proceso. Sin embargo, esta regla es ignorada, lo que compromete la validez de las decisiones judiciales (Bello Lozano, 1979).
La Pasión de Cristo, más allá de su dimensión espiritual, nos invita a reflexionar sobre la importancia de las garantías procesales en los sistemas judiciales modernos. La tutela judicial efectiva, que asegura un juicio justo, y la independencia judicial, que protege a los jueces de presiones externas, son principios esenciales para evitar decisiones arbitrarias. Este relato histórico nos recuerda que la justicia no solo debe buscar la verdad, sino también respetar los derechos fundamentales de todas las personas, incluso en las circunstancias más adversas (Ferrajoli, 2011).
Referencias bibliográficas
- Bello Lozano, H. (1979). Derecho probatorio (Tomos I y II). Editorial Estrados. (Sustento del análisis sobre la prueba ilícita en Getsemaní).
- Bello Tabares, H. E. T. (2016). Tratado de derecho probatorio (Tomos I y II). Grupo Editorial Ibáñez. (Fundamentación del derecho a la defensa).
- Cafferata Nores, J. I. (2010). La prueba en el proceso penal (4.ª ed.). Editorial Depalma. (Referencia para el análisis del onus probandi).
- Camargo, P. (2010). Manual de derecho procesal penal (2.ª ed.). Editorial Leyer. (Fuente para el estudio del principio de legalidad).
- Ferrajoli, L. (2011). Derecho y razón: teoría del garantismo penal (10.ª ed.). Editorial Trotta. (Obra base para el análisis del garantismo y la presunción de inocencia).
- Ferrer Beltrán, J. (2007). La valoración racional de la prueba (1.ª ed.). Marcial Pons. (Respaldo para la crítica a la íntima convicción).
- Taruffo, M. (2008). La prueba. Marcial Pons. (Referencia para la valoración racional y la abdicación jurisdiccional).
Por un Derecho vivo, crítico y humanista
*Doctora. en Innovaciones Educativas (UNEFA). M.Sc. en Derecho Procesal Penal (ULA). Especialista en Docencia en Educación Superior (UCV) y Derechos Humanos (Unilibre-Colombia). Abogado (ULA). Exdirectora de Relaciones Institucionales de la Asociación Olímpica de Derecho Deportivo de Venezuela (AODDV). [email protected] . WhatsApp +58 426 3764194.
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