Opinión

Proclama de los derechos del pueblo

28 de junio de 2021

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Alejo García Sierra

Uno de los acontecimientos más notables de los derechos humanos lo constituye la actuación del primer rey de Persia Antigua, Ciro el Grande, quien en el año 539 a.C., al conquistar la ciudad de Babilonia, liberó a los esclavos y declaró que todas las personas tenían el derecho a su religión y de inmediato estableció la igualdad racial. Semejante decisión entonces, ha sido considerada y reconocida como el primer paso dado en bien de los derechos humanos en el mundo. Algunos países como la India, Grecia y Roma, difundieron y aplicaron estas ideas innovadoras.  En el caso de Roma, surgió el concepto de “Ley Natural”, al estimar que las personas tendían a seguir durante su vida ciertas leyes que aún no estaban escritas y, por tanto, la ley romana se basaba en ideas racionales derivadas de la naturaleza de las cosas.

Al pasar los años aparecieron unos cuantos documentos aprobados por varios gobiernos en ese aspecto, en defensa de los derechos Humanos.  En los mismos se destacaron: la Carta Magna de 1215 o la “Gran Carta” del rey Juan de Inglaterra; la Petición de Derecho del 1628, elaborada por el Parlamento inglés, enviada al rey Carlos I; la Constitución de Estados Unidos de 1887, la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos, proveniente de la Revolución Francesa, y la Carta de los Derechos Humanos de Estados Unidos en 1791, que son catalogados los precursores escritos de los derechos humanos hoy en día.

Con la aparición de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 10 de noviembre de 1948, en respuesta a “los actos de barbarie ultrajante para la conciencia de la humanidad”, cometidos durante el desarrollo de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), se adoptó una resolución sobre los derechos humanos en relación a la libertad, la justicia y la paz. Las deliberaciones sobre ellos habían comenzado en 1946, con la participación de varios países, entre los cuales estaban Estados Unidos, Líbano y China. Más tarde se amplió con la inclusión de Francia, Australia, Chile, Reino Unido y la Unión Soviética, lo cual facilitó el beneficio de aportaciones de Estados de distintas regiones y de diversidad en los contextos religiosos, políticos y sociales. Con el tiempo, la declaración fue debatida por los miembros de la Comisión de los Derechos Humanos de la ONU y aprobada en 1948.

A partir de esta decisión, el mundo por primera vez poseía un documento trascendental donde contemplaba que todos los seres humanos son libres e iguales, con independencia de su sexo, color, creencias, religión y demás características personales.   El contenido en la declaración incluía  los derechos civiles y políticos, como la opción a la vida, la libertad y sus estatus privados.   También contiene facultades económicas, sociales y culturales. Los derechos humanos son universales, individuales, independientes, poseen la misma importancia y la totalidad de los gobiernos están obligados a tratarlos de forma justa y equitativa.   Por esto, todos los Estados con independencia de su sistema político, económico y cultural, tienen el deber de promover, facilitar y proteger los derechos humanos, sin excepción, para todas las personas. En ese orden, las facultades comprendidas en la DUDH son inalienables en los seres humanos. Es decir, los mismos son comunes para los hombres, mujeres, niños y niñas de la humanidad. Asimismo,  no puede haber distención de ninguna clase, a saber: raza, sexo, color, orientación sexual, identidad de género, religión, idioma, opinión política, origen en nacionalidad, social, fortuna, nacimiento y cualquier otra característica individual.

Al acontecer los sucesos del 19 de abril de 1810, con la incentivación para declarar la Independencia de Venezuela, la clase política, para la época motivada por la implementación del respeto de los derechos humanos en el hemisferio, tomó la decisión histórica por la Proclama de la Declaración de los Derechos del Pueblo, el 1 de julio de 1811, en la sesión del Supremo Congreso de Venezuela, instalado luego de la resolución del comienzo de la República, el 5 de julio de 1810.   En su declaración, el Parlamento venezolano establece que la soberanía reside en el pueblo y el ejercicio de ella en los ciudadanos, con derecho al sufragio por medio de sus representantes. Enseguida el parlamento expone esta máxima: “haz siempre a los otros el bien que quieras recibir de ellos, no hagas a otro lo que no quieres que te hagan a ti”.

Los derechos humanos universales instituidos por la ONU están clasificados así: Derechos humanos de niños, niñas, adolescentes y adultos, matrimonio y familia, libertad de pensamiento, el derecho a tus propias posiciones, el derecho a la democracia, libertad de expresión, el derecho a reunirse en público, seguridad social, los derechos de los trabajadores, el derecho de jugar, comida y alojamiento para todos, el derecho a la educación, derechos de autor, un mundo justo y libre, responsabilidad y nadie puede arrebatarle sus derechos humanos.

Finalmente, el Congreso de Venezuela hizo la Declaración de los Derechos del Pueblo de 1811 y anunció: El Supremo Congreso de Venezuela en su sesión legislativa, establecido para la Provincia  de Caracas, ha creído que el olvido y desprecio de los Derechos del Pueblo, ha sido hasta ahora la causa de los males que ha sufrido por tres siglos: y queriendo a empezar a precaverlos radicalmente, ha resuelto, conformándose con la voluntad general, declarar, como declara solemnemente ante el universo, todos estos mismos derechos inalienables.

Al celebrarse un nuevo aniversario de la Proclama de los Derechos del Pueblo, exhortamos y aspiramos a que, tanto las autoridades gubernamentales, así como los sectores organizados de la sociedad nacional, respeten a cabalidad la vigencia de esa gran conquista social, con el fin de tener un país en condiciones estables, desde el punto de vista político y de bienestar social.

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