Política
Tres unidades tributarias pagarán alcaldías por cada tonelada de basura llevada al vertedero
28 de octubre de 2023
Esta Ley especifica que los residuos y desechos se convierten en propiedad del Ejecutivo del estado Táchira.
La Ley de Gestión Integral de la Disposición Final de los Residuos y Desechos Sólidos en el estado Táchira, tiene como objeto establecer un régimen jurídico para lo que tiene que ver con la gestión integral de saneamiento ambiental, control, acopio, disposición final y reciclaje, según explicó el diputado del Legislativo tachirense Ricardo Hernández. Apuntó que todo conlleva a la disposición final, la reutilización, transformación, transporte y comercialización de los residuos y desechos sólidos en el estado Táchira.
«Con esta ley se establece el marco jurídico de cómo y a qué deben someterse las empresas que se dediquen a este rubro de reciclaje. Establece que el funcionamiento de los vertederos y rellenos sanitarios es competencia exclusiva de la Gobernación del estado Táchira», dijo Hernández al equipo reporteril de Diario La Nación
El diputado del bloque opositor destacó que analizando el artículo 22 de esta ley, señala que los residuos y desechos sólidos, una vez que son colocados en almacenamiento primario, ya sean bolsas, cerradas, herméticas, toneles, recipientes, contenedores y similares, en el caso de los no peligrosos, son propiedad del Ejecutivo del estado Táchira, a través del prestador de servicio público de disposición final.
«Es decir, cada bolsa de basura, por llamarlo de manera muy gráfica, que coloque un usuario en frente de su casa, a partir de ese momento pasa a ser
propiedad del Ejecutivo, en este caso de la Gobernación del estado Táchira. De manera que si un particular que no esté debidamente autorizado para reciclar, para hacer la recolección de la basura, si toma esa basura, a mi entender, dándole la interpretación al artículo, pues está tomando un bien o un objeto que es propiedad del Ejecutivo regional», resaltó.
Reiteró que la idea es establecer un cuerpo normativo para el registro estadal de las empresas recicladoras, le ponen como norma registrarse en un sistema que a tal efecto va a crear la Gobernación del estado Táchira a través del operador autorizado.
«Esto va a tener obviamente un costo dependiendo del tipo de material al que se dedique la empresa o la persona a reciclar», agregó.
Por otro lado, indicó que en debate parlamentario se discutió el párrafo donde señalaba la propuesta establecida en el proyecto de siete unidades tributarias del estado Táchira por tonelada métrica para las alcaldías sobre los residuos y desechos sólidos.
«Luego de un debate fui uno de los que objeta la propuesta y finalmente allí quedó establecido en tres unidades tributarias del estado Táchira, que eso equivale a tres euros por tonelada. Por ejemplo, el municipio Cárdenas tiene una producción que genera un aproximado de 150 toneladas de desechos sólidos diarios, quiere decir que de 150 por tres estaríamos hablando de 450 euros diarios que generaría al municipio Cárdenas el costo de la disposición final de los residuos y desechos sólidos. Igualmente para San Cristóbal que tiene una producción aproximada de 300 a 350 toneladas diarias. En conclusión, es lo que se le debería pagar por parte de las alcaldías a la Gobernación del Táchira en la persona o en la empresa que ella disponga se encargue de la administración, bien sea por concesión o por contrato de los vertederos o los rellenos sanitarios», detalló Hernández.
Manifestó que también se establecen las tasas por el servicio de disposición final para el sector privado, que son mucho más elevadas que las tasas que se establecieron para las alcaldías, es decir, prestadores de servicio privado que tengan sus propios vehículos de recolección de desechos sólidos que
generen o que lleven trasladados sus propios desechos a los vertederos o los rellenos sanitarios, eso va a tener un costo que es mayor al que se estableció para las alcaldías.
«En el tema de las sanciones, se establecen unas multas muy importantes del 0,28 % del monto adeudado por cada día de retraso hasta un máximo del 100 % en el pago de la tasa que corresponde por el servicio de la disposición final. Este artículo también lo objeté, por cuanto queda bastante fuerte para el tema de las alcaldías sobre todo y más tomando en consideración que se está previendo la ley de que entre en vigencia a los 15 días siguientes de su publicación en Gaceta. En este caso hice mis observaciones por cuanto las alcaldías de entrada van a quedar en mora, porque no van a tener el
tiempo suficiente para adecuar sus ordenanzas y más allá de eso, adecuar el presupuesto a esta normativa que se está sancionando», puntualizó el diputado.
Esta ley aún se encuentra en discusión en el legislativo tachirense. / Maryory Bustamante