El concejal Danny Carrillo manifestó que las garantías del transporte público que opera en el municipio Junín están en las leyes y ordenanzas, las cuales deben aplicarlas los organismos de seguridad
Norma Pérez
“Desde el Concejo Municipal de Junín siempre hemos hecho lo necesario para que el transporte público organizado tenga las garantías requeridas para su funcionamiento y sana convivencia en la prestación del servicio, de acuerdo a las rutas aprobadas, pero este trabajo debe contar con el respaldo de los cuerpos de seguridad”.
En respuesta a las peticiones de los transportistas que cubren la ruta desde Rubio hacia la frontera, el concejal Danny Carrillo, miembro de la Comisión Permanente de Transporte, manifestó que rechazan el traslado informal de pasajeros; y en busca de alternativas, se han llevado a cabo una serie de actividades entre las que figuran reuniones, asambleas, mesas de trabajo, derechos de palabra a representantes del transporte organizado, y enviado oficios a organismos policiales.
“No negamos el derecho al trabajo a nadie, pero en una sociedad organizada, civilizada, con comportamiento ciudadano, debe imperar la ley y el debido proceso. Las puertas del Concejo Municipal están abiertas para que, quienes deseen brindar el servicio público de transporte, cumplan con los requisitos establecidos en la normativa respectiva y obtengan su licencia para operar legalmente; de lo contrario debe aplicarse el procedimiento correspondiente por parte del organismo de seguridad como lo establece la norma municipal”.
Se refirió a la ordenanza de Convivencia y Comportamiento Ciudadano, la cual se reformó el año pasado; donde se contemplan las garantías del transporte público.
“Los encargados de aplicar estas garantías son los organismos de seguridad, específicamente la Policía Nacional Bolivariana, a la que compete el servicio de tránsito terrestre y orden público. El artículo 36 de la ordenanza señala el procedimiento que debe hacer el funcionario actuante ante un caso de flagrancia o denuncia, y el artículo 4 literal “e” le da a la PNB la facultad de actuación en el marco de sus competencias”.
Explicó que el parágrafo único del artículo 15 señala la obligación de cumplir con las disposiciones de la Ley de Tránsito y su reglamento, la ordenanza de Transporte y Vialidad del municipio, así como las sanciones respectivas a quienes las infrinjan.
“Cuando una unidad destinada para carga y descarga de pasajeros, o incluso carritos por puesto, trabajan en transporte, pero su propietario no ha cumplido con lo que establecen nuestras ordenanzas, opera ilegalmente; ante la denuncia o flagrancia debe actuar inmediatamente la Policía Nacional con la aplicación de la multa o retención del vehículo”.
Reforma parcial
Danny Carrillo, quien integra la Comisión Permanente de Transporte del Concejo Municipal, junto con Rubén Manrique y Jimmy Acevedo, anunció que avanzan en la reforma parcial de la Ordenanza de Transporte.
“Trabajamos arduamente para presentar en los próximos días otro instrumento jurídico específico, con el propósito de que los cuerpos de seguridad cuenten con bases legales más sólidas al momento de actuar en casos de transporte informal de pasajeros”.
Para concluir, reiteró la importancia de respetar las leyes, pues esto permite optimizar los procesos para el beneficio de la comunidad.