Sucesos
Apresado agricultor en aldea Pericos por presunto abuso de su sobrinita
14 de septiembre de 2020
Se dijo que el hombre, presuntamente, se aprovechaba de la confianza que la madre de la menor le tenía y cuando la dejaba bajo sus cuidados cometía el acoso, valiéndose del nexo familiar
Un agricultor de 55 años de edad, que presuntamente abusó sexualmente de su sobrina de apenas ocho años, fue apresado por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en el sector de Pericos, municipio San Cristóbal del estado Táchira, luego que se presentara denuncia formal del hecho por parte de la progenitora de la pequeña víctima, quien, consternada por lo que presuntamente había hecho su pariente, acudió en busca de apoyo policial.
El caso fue asignado a funcionarias de la Brigada de Investigaciones y Protección en Materia del Niño, Niña, Adolescente, Mujer y Familia, de la delegación municipal San Cristóbal del Cicpc, que de inmediato se abocaron a las pesquisas de manera discreta y para no alertar al sospechoso, procediendo, en primera instancia, a verificar que el hecho en efecto había ocurrido, por lo que en compañía de la progenitora, la niña fue trasladada hasta la sede del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, ubicada en el Hospital Central, para el correspondiente examen forense.
Una vez que se comprobó que los hechos denunciados en efecto habían sucedido y que la menor había sido abusada sexualmente en varias oportunidades, se procedió a realizar las coordinaciones correspondientes con el Ministerio Público para la detención del sospechoso, habitante del sector de Pericos, sector El Hoyo, hasta donde se trasladaron las funcionarias, que tras labores de inteligencia lograron ubicarlo y detenerlo.
Quedó identificado como F. Rodríguez Rodríguez, de nacionalidad venezolana y 55 años de edad, de oficio agricultor, cuya detención fue tramitada ante la Fiscalía XVI del Ministerio Público de la Circunscripción del estado Táchira, como medida de urgencia, por cuanto se presumía que podría abandonar el país en cualquier momento, por temor a afrontar su responsabilidad ante los hechos imputados. La medida fue aprobada conforme a lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se dijo que el hombre, presuntamente, se aprovechaba de la confianza que la madre de la menor le tenía y cuando la dejaba bajo sus cuidados cometía el abuso, valiéndose del nexo familiar, el engaño y la intimidación, para que la pequeña víctima mantuviera silencio y no contara a nadie lo que estaba sucediendo. (AH)