Instalarse en la puerta de la unidad de transporte público, y no ubicarse en un asiento o el área interna permitida, es una imprudencia que incrementa la probabilidad de sufrir un accidente. Es una irresponsabilidad, tanto del conductor por permitir pasajeros en la puerta, como de la misma persona que se mantiene parada en ese lugar del transporte público.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 176, literal 4, del reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, el conductor tiene la obligación de mantener cerradas las puertas de la unidad de transporte durante la circulación. La llegada de la pandemia pudo haber alterado el cumplimiento de esta normativa, pero, tristemente, ni antes ni después de esta oleada del coronavirus se ha cumplido.
Es común ver los autobuses y microbuses transitar por la ciudad con las puertas abiertas y, lo que es peor, con personas colgando de la entrada, quienes muchas veces no esperan a que la unidad esté parada y se lanzan.
En este caso, el pasajero y el conductor estarían faltando al artículo 180, literal 6 del reglamento de la ley, que dice: “No permitirán bajar o subir del vehículo a ninguna persona mientras aquel no esté totalmente detenido”.
Con la llegada del coronavirus y la implementación de las medidas de bioseguridad y distanciamiento para prevenir los contagios, las unidades de transporte público deberían cumplir con estas pautas; por lo tanto, resulta incoherente continuar viendo en las principales vías de la ciudad buses o microbuses repletos de personas, y mucho menos ciudadanos guindando de una puerta, independientemente de que sea un pasajero o un ayudante.
Recuerda, respeta las normas y cuida la vida, para proteger tu integridad y la de tus seres queridos.
Bleima Márquez / @bleimamr