Nacional

Candidatos por iniciativa propia pueden llevar 5 % de respaldo hasta el miércoles

19 de febrero de 2018

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Caracas.- El lapso para constituir grupos de electores que se encargarán de postular candidatos para las elecciones presidenciales, programadas para el 22 de abril, se inicia este lunes 19 y concluye mañana martes, 20 de febrero, de acuerdo con el cronograma electoral.

Los partidos interesados deben presentar ante el CNE la solicitud de denominación y siglas de la organización, y cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

La rectora principal de Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’Amelio, indicó este sábado en su cuenta en Twitter que “la validación de dichas manifestaciones de voluntad se efectuará entre el 20 y 25 de febrero en las oficinas regionales electorales de las entidades seleccionadas, mientras que la asignación de sus colores y emisión de la constancia de constitución se efectuarán el 26 febrero”.

El 26 de febrero, agregó D’Amelio, se publicará la lista de grupos de electoras y electores constituidos.

Por iniciativa propia

Asimismo, la rectora indicó que los interesados en postularse por iniciativa propia deben presentar ante el CNE, hasta el 21 de febrero, las manifestaciones de voluntad que la respaldan, en una cantidad equivalente a 5 % de los inscritos en el Registro Electoral.

“La validación de estas manifestaciones de voluntad en respaldo a la iniciativa propia se hará entre el 21 y el 23 de febrero de 2018, en una cantidad no menor a 2.000 validaciones, distribuidas en por lo menos 12 entidades federales”, recalcó.

Igualmente, los partidos políticos también tendrán hasta el martes 20 de febrero para designar a los autorizados para contratar publicidad y propaganda para este evento comicial.

La autorización debe ser entregada en la Dirección de Correspondencia, en la sede principal del CNE, y debe contener los datos de identificación de las autoridades de las organizaciones con fines políticos y el carácter con el cual actúan.

Debe contener también los datos de identificación de las personas naturales y jurídicas autorizadas para contratar la propaganda electoral, nombres, apellidos, cédula de identidad o Registro de Información Fiscal (RIF), dirección de domicilio, para los efectos de cualquier notificación. (AVN)

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