Solo diez asociaciones son legales, mientras que cinco no cuentan con la Providencia Administrativa y catorce sin proceso de elecciones para la escogencia de cuadros directivos. Los requisitos exigidos “espantan” a quienes desean organizar una disciplina
Un total de diecinueve asociaciones se encuentran sin su documentación legal, por lo que el Instituto del Deporte realiza las diligencias necesarias para tratar de que esas organizaciones se adapten a la ley y se pongan al día con los requisitos exigidos.
Una serie de factores privan para que se produzca esta irregularidad, siendo una de ellas la no exigencia, por parte de los organismos encargados del deporte a nivel nacional, de todos los documentos necesarios a la hora de entrar a competir.
Organización
Germán Contreras, jefe del Departamento de Alto Rendimiento del Instituto del Deporte, habló con Diario La Nación en relación a este tema, que no solo preocupa al organismo, sino al deporte en general.
Muestra un documento y allí aparecen, como asociaciones legales, el béisbol, ciclismo, deportes acuáticos, judo, potencia, patinaje, tiro con arco, baloncesto, tenis de mesa y la asociación de atletismo.
Muestra la otra cara de la moneda, de las asociaciones sin proceso: levantamiento de pesas, tenis de campo, deportes adaptados, Atadesir, lucha, rugby, gimnasia, kinboxing, kenpo, karate, esgrima, boxeo, siscomada y coleo, mientras que no cuentan con la providencia administrativa el taekwondo, bolas criollas, ajedrez, wushu y fútbol.
El Instituto del Deporte, señala Contreras, como ente rector del deporte en el estado Táchira, desarrolla un trabajo para motivar a la dirigencia deportiva y reúna los requisitos necesarios para cumplir con ese ordenamiento de la Ley del Deporte.
Pero surge una serie de inconvenientes —dice— para lograr ese objetivo. Y uno de ellos es la exigencia en cuanto a la documentación que se debe entregar para un proceso de elecciones, que en una situación como la que vivimos en la actualidad es un poco cuesta arriba cumplir.
Para aspirar a entrar en un proceso de elecciones para la escogencia del cuadro directivo de una asociación, los interesados deben presentar unas 30 personas en la plancha. Ese listado se desglosa en cinco directivos y cinco suplentes, e igual número para el Consejo de Honor, cinco principales con sus respectivos suplentes, cinco y cinco para el Consejo Contralor, en total 30 personas. Se debe presentar la fotocopia de la cédula, el Rif, su currículum deportivo y los anuncios que deben aparecer en los medios de comunicación.
Esta exigencia desanima a los dirigentes deportivos para tratar de organizarse. No es fácil en estos días que vivimos lograr estos requisitos, por una serie de razones que no viene al caso detallar.
Anteriormente, la exigencia para presentar una plancha a un proceso de elecciones exigía solo nueve personas, se cumplía con los trámites y el deporte machaba al paso con la Ley, pero hoy se complica la situación; sin embargo, el Instituto del Deporte trata de motivar a esas organizaciones para que cumplan con estas exigencias.
Contreras señala que, de acuerdo con la Ley del Deporte del 2013, para la participación de los atletas en competencias nacionales no son requisitos de primera mano la legalidad de las asociaciones, lo que convierte el deporte en una actividad prácticamente sin control, y sin cumplir los requisitos que se establecen en estos casos.
Así, tanto las asociaciones legales, como las que están sin proceso y las que no cuentan con la Providencia Administrativa, acudirán a los Juegos Nacionales, que se pondrán en marcha el 24 de abril, con la inauguración programada para el parque Miranda de la capital del país.
Gustavo Carrillo