Frontera

Estricto control fronterizo de personas y vehículos por comicios regionales

22 de mayo de 2025

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Los Ministerios del Poder Popular para la Defensa y para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, publicaron, mediante una resolución conjunta, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 43.131 del martes 20 de mayo, establecen medidas especiales de seguridad con motivo de las Elecciones Regionales que se celebrarán el próximo domingo 25 de mayo de 2025.
Entre las principales disposiciones, se ordena al Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (CEOFANB) establecer un estricto control del desplazamiento fronterizo de personas y vehículos, tanto por vía terrestre, aérea y marítima. Esta medida estará vigente desde las 12:01 a.m. del viernes 23 de mayo hasta las 11:59 p.m. del próximo lunes, 26 de mayo.
De acuerdo con la resolución, firmada por el ministro del Poder Popular para la Defensa y vicepresidente Sectorial de Defensa y Soberanía, Vladimir Padrino López, y el ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y vicepresidente Sectorial de Política, Seguridad Ciudadana y Paz, Diosdado Cabello Rondón, tiene como propósito resguardar la inviolabilidad de las fronteras y prevenir actividades que pudiesen representar amenazas a la seguridad de la República Bolivariana de Venezuela.
En la resolución conjunta se reitera la suspensión del porte de armas de fuego y armas blancas en todo el territorio nacional, conforme a una resolución anterior del 28 de agosto de 2019.
Ley Seca
También se prohíbe el expendio y distribución de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional desde las 12:01 a.m. del viernes 23 de mayo de 2025 hasta las 11:59 p.m. del lunes 26 de mayo de 2025. Los Cuerpos de Policía y órganos de seguridad ciudadana están facultados para cerrar los establecimientos que incumplan esta disposición.
De igual manera, se prohíben las reuniones y manifestaciones públicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar que pueda perturbar el normal desarrollo del proceso electoral, en el mismo período establecido.
Asimismo, queda restringido el traslado, desplazamiento, transporte, empleo u operación de maquinarias pesadas en todo el territorio nacional en el mismo lapso señalado. Se exceptúan casos de fenómenos naturales o necesidades urgentes para servicios básicos, previa autorización de los ministros del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para la Defensa. En ese mismo periodo queda prohibido la distribución y comercialización al mayor y detal de artificios pirotécnicos y artefactos de elevación por combustible sólido en todo el territorio nacional. (Bleima Márquez)

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