Internacional

Despegó la nueva fase del Permiso Especial de Permanencia para venezolanos en Colombia

8 de febrero de 2018

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La nueva fase del Permiso Especial de Permanencia (PEP) que diseñó el Gobierno Nacional para ciudadanos venezolanos concede una vigencia de 90 días, prorrogables hasta dos años.

La inscripción de este mecanismo de facilitación migratroria despegó este miércoles e irá hasta el 7 de junio, según informó ayer Migración Colombia.

Se aclaró que el PEP será exclusivamente para los ciudadanos venezolanos que se encuentren actualmente dentro del país y que hayan ingresado a Colombia antes del 2 de febrero por un puesto de control migratorio formal, sellando su pasaporte, reseñó el diario La Opinión de Cúcuta.

No podrán acceder al mismo los ciudadanos venezolanos que tengan pasaporte, pero que no lo hayan sellado al entrar a Colombia.

Tampoco, aquellos que hayan entrado al país de manera irregular, es decir, por alguna de las llamadas trochas o pasos no formales de la frontera.

El PEP le permite al Estado colombiano preservar el orden interno y social, evitar la explotación laboral de los extranjeros y velar por el respeto de la dignidad humana de los venezolanos, y a la vez permite la permanencia en Colombia de quienes cumplan con ciertos requisitos.

Migración Colombia precisó que el Pep le permite al ciudadano venezolano trabajar, estudiar y desarrollar cualquier tipo de actividad legal dentro del territorio nacional, siempre que cumpla con los demás requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.

Cómo acceder

Esta es la segunda etapa de regularización de venezolanos que se ejecuta a través del PEP. 

El trámite de este Permiso Especial de Permanencia no tiene ningún costo y se puede cumplir ingresando a la página web de Migración Colombia, www.migracioncolombia.gov.co

Para tramitar el Pep y garantizar que su solicitud sea estudiada, el ciudadano venezolano debe:

Encontrarse en el territorio colombiano al momento de publicarse la Resolución 0740 del 5 de febrero de 2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Haber ingresado a Colombia por un puesto de control migratorio formal y autorizado en el cual debió haber solicitado que le sellaran el pasaporte. Debe haber ingresado antes del 2 de febrero de 2018.

No tener antecedentes judiciales a nivel nacional e internacional.

No tener medidas de deportación o expulsión vigentes

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