Nacional

Calendario oficial de pago del ISLR e IVA de los contribuyentes especiales

31 de agosto de 2018

3.645 vistas

Como parte de lo previsto en la reforma  tributaria, que entrará en vigencia el próximo primero de septiembre del presente año, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) publicó el calendario de pago de las obligaciones tributarias, que establece el régimen temporal de pago de anticipo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISLR) para los Sujetos Pasivos calificados como Especiales.

En la Gaceta Oficial N° 41.468 de fecha 27 de agosto de 2018, fue publicada la   Providencia Administrativa SNAT/2018/0128, de fecha 21/08/2018, que modifica el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018; dicho calendario se encontraba establecido en los literales a, b y d del Artículo 1° de la Providencia Administrativa SNAT/2017/0053, de fecha 19/10/2017, que instauraba el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales para las obligaciones que deben cumplirse para el año 2018.

Por consiguiente, el pago se realizará por terminal del número del Registro Único de Información Fiscal (RIF), en el mes de septiembre los RIF que terminen en 0 y 5, pagaran los días 11, 17 y 24; para los terminales 6 y 9, corresponderá a los días 11, 18 y 25; los terminales de RIF 3 y 7,  les tocará pagar los días 12, 19 y 26; terminales 4 y 8, los días 13, 20 y 27, por último 1 y 2, el día 14, 21 y 28 del mes de septiembre.

Lo correspondiente al mes de octubre, los contribuyente tendrán la siguiente fecha;  los RIF que terminen en 0 y 5, les corresponderá pagar  los días 01, 08, 15, 22 y 29; los terminales 6 y 9, pagaran los días 02, 09, 16, 23 y 30 del mes; 3 y 7, pagaran los días 03, 10, 17, 24 y 31; los RIF  4 y 8, pagaran los días 04, 11, 18, 25 y el día 01 de noviembre.; y los terminales 1 y 2, pagaran los días 05, 15, 19, 26 y el día 2 de noviembre.

Para el mes de noviembre, el calendario será, los RIF que terminen en 0 y 5, pagaran los días 06, 12, 19 y 26; los terminales 6 y 9, los días 06, 13, 20 y 27 del mes; los números 3 y 7, los días 07, 14, 21 y 28; 4 y 8, los días 08, 15, 22 y 29; y los terminales 1 y 2, los días 09, 16, 23 y día 30 de octubre.

Por último, las fechas para el mes de diciembre serán los RIF que terminen en 0 y 5, pagaran los días 03, 10, 17, y 26; los terminales 6 y 9, los días 04, 11, 18 y 26; 3 y 7, los días 05, 12, 19 y 27 del mes; 4 y 8, los días 06, 13, 20 y 27 correspondientemente; y los terminales 1 y 2, los días 07, 14, 21 y día 28 del mes de diciembre.

La modalidad de enteramiento y pago ante la Administración

En lo previsto en la Providencia Administrativa, se establece que las declaraciones y enteramientos de las retenciones del IVA, deberán ser presentadas semanalmente, además se debe efectuar un solo pago el día que se presente la declaración.

En cuanto al anticipo del ISLR, debe realizarse una declaración informativa semanal, en la fecha indicada en el calendario, además se debe tomar como base el ingreso bruto del IVA de la semana anterior y el pago, será dividido en porciones y el primer pago deberá realizarse el mismo día de la declaración; para las instituciones financieras, sector bancario y seguros, la declaración y el anticipo debe realizarse diariamente.

En relación al anticipo del IVA, se efectuará también por medio de una declaración semanal, con pagos que pueden ser divididos entre los días hábiles de la semana, pagando la primera porción el mismo día de la declaración; en este tributo se podrá adelantar el pago de los anticipos diarios.

Se debe recordar que el incumplimiento de las obligaciones tributarias, será sancionado de acuerdo a lo previsto en el Código Orgánico Tributario (COT).

Estas acciones corresponden al Programa de Recuperación, Crecimiento y Prosperidad Económica, impulsado por el Gobierno Nacional, que con la Reforma Tributaria, busca obtener un déficit fiscal 0, que permita el estable desarrollo económico del país.

Por esta razón, el SENIAT dirigido por el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, mantiene un trabajo incansable para logar la estabilidad económica, y garantizarle la mayor suma de felicidad al pueblo con la recaudación de impuestos que son dirigidos a la construcción del futuro del país.

¡Quieres recibir el periódico en la puerta de tu negocio!

1 Mes

  • 3 Ejemplares semanales
  • Entrega gratis (Delivery)
  • Aviso impreso 2×5
  • Descuento del 5% en publicidad Digital
  • Osequio de Instagram
    1 Post 1 historia

Mensual
54.000 Cop

Pago único

Suscribirse

3 meses

  • 3 Ejemplares semanales
  • Entrega gratis (Delivery)
  • Aviso impreso 2×5
  • Descuento del 10% en publicidad Digital
  • Osequio de Instagram
    1 Post + 1 historia
  • Descuento del 5%

Mensual
51.300 Cop

Pago único

Suscribirse

6 meses

  • 3 Ejemplares semanales
  • Entrega gratis (Delivery)
  • Aviso impreso 2×5
  • Descuento del 20% en publicidad Digital
  • Osequio de Instagram
    2 Post + 1 historia
  • Descuento del 5%

Mensual
48.600 Cop

Pago único

Suscribirse