Nacional

ONG Acceso a la Justicia: IVSS estafa a venezolanos con deducciones salariales

13 de febrero de 2020

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La ONG Acceso a la Justicia analizó lo que por años ha cobrado el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales a cada trabajador, para que en la actualidad no tengan acceso a crédito de vivienda, indemnización por desempleo y pensiones que no permiten el disfrute de una vejez digna
 

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) nunca ofreció un sistema de protección o bienestar parecido al que disfrutan la mayoría de los ciudadanos europeos. Sin embargo, en los últimos años se ha convertido en el vivo ejemplo de una estafa, pues durante años les ha cobrado a los venezolanos hasta cientos de dólares por distintos conceptos, pero en la actualidad apenas les da a los pensionados el equivalente a cuatro dólares mensuales por concepto de jubilación. Sin hablar de los antes conocidos como paro forzoso o política habitacional, los cuales hoy en día son casi imposibles de cobrar.

Acceso a la Justicia halló que el sistema de seguridad social otorga coberturas negativas o nulas, con lo cual se configura un engaño masivo a los trabajadores. Entre las contingencias que da cobertura el Sistema de Seguridad Social (Gaceta Oficial Nº 39.912 del 30 de abril de 2012) están las de vejez, discapacidad, pérdida involuntaria del empleo o la necesidad de adquirir una vivienda, entre otras.

En el caso de las pensiones, durante décadas el salario mínimo en Venezuela rondó alrededor de 300 dólares al mes, cónsono con la media de la región latinoamericana.

Adicionalmente, el ingreso promedio de los trabajadores era de dos salarios mínimos, unos 600 dólares mensuales, y su aporte al Seguro Social era de casi 100 dólares. Sin embargo, hoy un trabajador pensionado apenas percibe cerca de 4 dólares, lo cual supone una tasa de pensión totalmente negativa a lo enterado en el histórico de cotización mensual.

Si el patrono hubiese contratado un seguro internacional de retiro para su trabajador en lugar de hacer el pago al IVSS aportando los mismos 100 dólares al mes, al final de su vida laboral ese trabajador hubiese recibido prácticamente una pensión equivalente al triple de lo pagado, es decir, 300 en lugar de 4 dólares o los 100, lo que sí representa una tasa de reemplazo positiva 3 a 1 o triple a lo aportado. Obviamente, una pensión de 300 dólares hubiese alcanzado para un retiro decoroso.

Bajo el sistema de pensiones chileno, por ejemplo, el aporte al Seguro Social es de al menos 10% del salario y los trabajadores que pasan a retiro reciben hasta cuatro veces lo aportado, gracias a que los fondos son invertidos y reinvertidos.

Desprotegidos frente al desempleo

Pese a pagarlo, los trabajadores venezolanos no tienen un seguro contra desempleo. En Venezuela la cobertura de la contingencia por la pérdida involuntaria del empleo se hace a través del Régimen Prestacional de Empleo (RPE), antes llamado Paro Forzoso y conocido en otros países como Seguro de Desempleo o Seguro por Paro.

En el mismo, por cada trabajador se hace un aporte a la tesorería del IVSS de un monto equivalente al 2,5 % de los salarios percibidos, y dichos fondos deberían emplearse en pagar hasta por cinco meses una indemnización por la pérdida involuntaria del empleo a los trabajadores con más de un año cotizando.

Sin embargo, hay un engaño en letras muy pequeñas. Para proceder al reclamo del RPE hay que probar que la contingencia no es imputable al beneficiario o reclamante de la indemnización, así como por ejemplo no procedería el reclamo en el caso de un trabajador que haya renunciado.

Pero desde hace un tiempo en Venezuela existe un hecho particular que impide proceder al cobro del seguro de desempleo, y es el reiterado Decreto de Inamovilidad Especial, que lleva en vigencia más de quince años, lo que hace en la práctica difícil que se coloque en la planilla de retiro o terminación de la relación como causa el despido injustificado, porque el mismo no está permitido. Al colocar renuncia, ya no es posible hacer el reclamo de RPE y el IVSS se libera de hacer el pago de la indemnización. Conclusión: se hace el pago de un seguro que no será cobrado en prácticamente ningún caso.

Crédito de vivienda inservible

La necesidad de crédito para la compra de vivienda debería satisfacer el Sistema de Seguridad Social a través del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat con los fondos recaudados al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV). Así, por cada trabajador se hace un aporte del 3% del salario integral, lo que equivale a cerca de un 4% del salario normal al mes, más el pago de cualquier otro concepto salarial accidental.

En este caso, los trabajadores cotizan a dicho fondo, pero en la práctica los montos a los que pueden acceder son risibles al ser confrontados con el valor de una vivienda media.

Incluso, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) exige, para iniciar el trámite de la solicitud del crédito, presentar una serie de requisitos entre los que destaca el documento de compromiso u oferta de compraventa, manteniendo dicho precio incólume durante 90 a 120 días, lo cual es imposible en un entorno hiperinflacionario. Esto impide que en la práctica, los trabajadores hagan uso efectivo del beneficio o cobertura del crédito para adquirir vivienda.

Tampoco podrán recuperar lo aportado en caso de no utilizar sus aportes, debido a que lo depositado solo genera rendimientos a tasa pasiva negativa, lo cual supone que sus contribuciones han sido pulverizadas por la hiperinflación y, en algunos casos, lo que reciban no alcanzará para costear ni los gastos incurridos en realizar la solicitud de crédito.

Acceso a la Justicia sostiene que bajo subterfugios, el IVSS despoja a los trabajadores de parte de sus ingresos por no recompensar el sacrificio de sus aportes, generando una reacción natural a la evasión parafiscal social, al trabajo informal o al pago en negro del salario.

Las políticas instauradas por el Gobierno nacional han empobrecido y burlado a los trabajadores. Es necesario un cambio profundo, rápido y radical del Sistema de Seguridad Social y, sobre todo, de un sistema real de participación de los trabajadores y empleadores en las políticas públicas y de estabilidad monetaria.

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