Nacional
Sustituciones de candidatos en boleta electoral solo pueden hacerse hasta el 22-S
6 de septiembre de 2021
El pasado 4 de septiembre cerró el lapso para la presentación de postulaciones de candidatos a los diferentes cargos a elegir en próximos comicios regionales y locales, período que comenzó el 9 de agosto y fue objeto de tres prórrogas por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Estas elecciones de gobernadores, alcaldes, integrantes de consejos legislativos estadales y concejos municipales marcan el regreso de la oposición mayoritaria (agrupada alrededor del llamado G4) a los procesos comiciales, luego de tres años de espaldas a elecciones presidenciales ni parlamentarias.
Aunque hasta ese momento los dirigentes del G4 se afanaban buscando candidaturas unitarias por consenso para la mayoría de los estados y municipios del país, así como para los consejos legislativos estadales y los concejos municipales, lo cierto en que en tres estados (Lara, Carabobo y Delta Amacuro) y gran cantidad de municipios, incluido el municipio Libertador de Caracas, no se lograron acuerdos y se apelará, entonces, a resultados de encuestas u otros mecanismos para determinar al abanderado que enfrentará a los aspirantes de Nicolás Maduro.
Sin embargo, los partidos políticos, así como los grupos de electores creados para la contienda del 21 de noviembre, tienen oportunidad hasta el próximo 22 del presente mes para hacer sustituciones de candidatos que queden reflejadas en la boleta de votación, algo que las organizaciones con fines políticos consideran vital para evitar confusión de los electores que puedan abstenerse o votar por un candidato de otra coalición política, porque el de su preferencia no aparece en el instrumento de votación.
Las sustituciones en el cronograma
En atención al cronograma de las elecciones regionales y municipales publicado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) a finales de mayo del presente año, el lapso para hacer modificaciones y sustituciones que se reflejen en la boleta de votación durará 15 días y se efectuará entre el 8 y el 22 de septiembre.
Estas substituciones constituyen el quinto paso que contempla el cronograma para el proceso de postulaciones que comenzó el 9 de agosto con el primero de ellos, que fue la presentación, admisión o rechazo de las postulaciones, que se prolongó hasta el 29 de agosto.
Continuaron el lapso para la presentación de recursos contra la admisión o rechazo de las postulaciones, finalizada el 3 de septiembre y el de la decisión sobre estos recursos, que se cumplió paralelamente hasta la misma fecha y, finalmente, la subsanación de recaudos de las postulaciones ante tales recursos, que se cumplió el 5 de septiembre.
Cómo se hacen las sustituciones
El artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) establece que las organizaciones postulantes pueden modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia, sustituir candidatos o candidatas hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral.
Agrega la norma que, a tales efectos, el CNE tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada.
Para realizar las sustituciones, los representantes de las organizaciones políticas y grupos de electores que deseen cambiar un candidato previamente inscrito, deben acudir al a Junta Nacional Electoral o la Oficina Nacional de Organismos Electorales Subalternos (Onoes)
En cuanto a los requisitos para los nuevos candidatos, se establece que la sustitución constituye una nueva postulación y, en consecuencia, si postulado sustituto no es un candidato previamente admitido, deberá entonces cumplir con los requisitos establecidos en la Ley y el Reglamento, es decir, deberá cumplirse con un proceso de admisión de la postulación, de presentación de impugnaciones y las descargas que correspondan a estas últimas.
Desplazamiento de algunas etapas del cronograma
El presidente del CNE, Pedro Calzadilla, informó el pasado viernes 3 de septiembre que, como consecuencia de las prórrogas concedidas para realizar el proceso de postulaciones de candidatos, algunos pasos del cronograma serían reprogramados, esto sin alterar en ningún caso la fecha de realización de los comicios.
En este sentido, dio como ejemplo el cambio en la escogencia de la posición de la tarjeta electoral en la boleta de votación, paso que se cumplirá ahora entre el 9 y el 11 de septiembre.
Las sustituciones podrán continuar
El cronograma correspondiente a las elecciones del 21-N contempla un nuevo lapso para hacer sustituciones y modificaciones de las postulaciones, pero en esta oportunidad, los mismos no se verán reflejados en la boleta.
Esto quiere decir que, si por alguna causa (muerte, incapacidad o renuncia), un candidato ya postulado deja de serlo, las organizaciones políticas y grupos de electores pueden inscribir una nueva candidatura, pero al momento de la votación, la boleta seguirá presentando el nombre del candidato anteriormente postulado.
Para las sustituciones y modificaciones de las postulaciones de los candidatos a elegir por lista, el lapso es del 27 de septiembre al 22 de octubre, mientras que para los aspirantes nominales será desde el 27 de agosto hasta el 11 de octubre.