Skip to main content Skip to footer
  • Inicio
  • Política
  • Regional
  • Frontera
  • Nacional
  • Internacional
  • Opinión
  • Legales
  • Obituarios
  • Sucesos
  • Deportes
  • +Sec
    • Clasificados
    • Cosas del Mundo
    • Compilado Musical
    • Cultura
    • Economía
    • Farándula y Espectáculos
    • Flash
    • Infogeneral
    • Noche de Ronda
    • Reportajes y Especiales
    • Tecnología
    • Salud
    • Tachirenses en el mundo
    • Noche de Ronda
    • Obituarios
    • _________
Diario La Nación - Inicio

Buscar en Diario La Nación

La Nación RadioPublicidad
Set Of Black Circle Social Media Logos With New X logo-ai
Set Of Black Circle Social Media Logos With New X logo-ai
Set Of Black Circle Social Media Logos With New X logo-ai
Set Of Black Circle Social Media Logos With New X logo-ai
ImpresoMiniavisos
  • Inicio
  • Política
  • Regional
  • Frontera
  • Nacional
  • Internacional
  • Opinión
  • Legales
  • Obituarios
  • Sucesos
  • Deportes
  • + sec
    • Clasificados
    • Compilado Musiacal
    • Cosas del Mundo
    • Cultura
    • Economía
    • Farándula y espectáculos
    • Infogeneral
    • Marcas y negocios
    • Noche de Ronda
    • Reportajes y Especiales
    • Salud
    • Tachirenses e el mundo
    • Tecnología
Inicio/Nacional/TSJ declara la incorporación de los principios de oralidad, inmediación, concentración y contradicción 

Nacional
TSJ declara la incorporación de los principios de oralidad, inmediación, concentración y contradicción 

jueves 14 diciembre, 2017

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia conjunta Nro. 811, decidió la incorporación de los principios de oralidad, inmediación, concentración y contradicción, los cuales fueron declarados de conformidad con lo establecido en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Además, se declaró la desaplicación por control difuso del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la aplicación de la oralidad en la casación civil, con la incorporación del trial o audiencia de casación.

En consecuencia, una vez formalizado el recurso extraordinario y vencido el lapso otorgado para ello, comenzará a correr el lapso de veinte días calendario consecutivo para ejercer la impugnación a la formalización. Luego, vencido el lapso de impugnación, dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a éste, la Sala podrá –inclusive a solicitud de parte- fijar la celebración de una audiencia oral, con expresa indicación del día y la hora en que se desarrollará la misma, bajo los supuestos y en los términos supra indicados.

Asimismo, se desaplican las actuaciones de réplica y contrarréplica o dúplica, a los fines de la economía y celeridad procesal del recurso, siendo que las mismas representan viejos vestigios del sistema romano-canónico.

La Sala de Casación Civil, incorpora una audiencia oral o Trial de Casación, que permite avalar los preceptos constitucionales supra citados de los artículos 26 y 257, así como garantizar a las partes y a los magistrados, gozar de la publicidad, inmediación, celeridad y originalidad, principios que habían sido imposibles de incorporar al actual sistema.

Destacados

Hallan sin vida a un hombre en aldea Los Palmares, municipio Ayacucho

Cruz Roja cruzó el Atanasio Girardot con 10 toneladas de ayuda humanitaria

Táchira prepara selección de Natación para asistir a Juegos Nacionales Escolares

Juan Diego Pulido campeón  suramericano de karate cadete

Nueve tachirenses muertos y decenas de desaparecidos

Mbappé y Barcola tumban a una buena Senegal

Diario La Nación reabre las inscripciones de la Quiniela Instagol con quinielas por fases

“No suelto mis dólares»: venezolanos se aferran a una moneda que cada vez se ve menos en la calle

Cruzaba frontera con 49 fajos de bolívares fuera de circulación

Diario La Nación

Editorial Torbes CA
J-070059680

Miniavisos

Edición Impresa

Mapa del sitio

Política de privacidad

Sobre Nosotros