Refunjol Martínez, es acusado por su presunta participación en los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y asociación, tipificado y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
El ciudadano solicitado en extradición, fue detenido en territorio colombiano por funcionarios de dicho país, donde se presume estaría presuntamente vinculado con el traslado de 2.400 kilogramos de cocaína en una embarcación interceptada por España en el año 2017.
Según indica la sentencia N° 50-2020 de la Sala de Casación Penal, que se asume el firme compromiso ante el Gobierno de la República de Colombia que al ciudadano se le seguirá juicio únicamente por su presunta participación en los señalados delitos y con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, indica nota de prensa del TSJ.
Por su parte la decisión del TSJ, señala entre otros aspectos, que hay razones suficientes de hecho y de Derecho para que Refunjol Martínez sea juzgado en territorio venezolano por los delitos señalados, de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; numeral 1 del artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 1° del Acuerdo Bolivariano sobre Extradición.
TSJ