Opinión

Justicia social no es socialismo

3 de marzo de 2021

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(Ampliación de un texto anterior)

Está muy trillada la expresión de “no confundir la gimnasia con la magnesia”, en el sentido de que las palabras suenan parecidas, pero se refieren a cosas muy distintas. Pero la referida expresión es pertinente a estas líneas, porque se entiende sin problemas. De allí que cambiando lo cambiable, hay que decir algo similar en relación con el principio de la justicia social y la ideología socialista-marxista.

Confundirlos es un absurdo conceptual. Pero ocurre y cada vez con más frecuencia, en nuestra abatida Venezuela. De manera que si alguien se presenta como partidario de la justicia social, en lo nacional o internacional, de inmediato es calificado, por ciertos comentaristas de las redes sociales, de socialista-marxista o, cuando menos, proto-socialista-marxista. Lo cual, desde luego, no se puede aceptar.

La superación del socialismo-marxista no está en el liberalismo irrestricto. En el imperio soberano de los mercados. No. Debe estar en una sana combinación de libertad económica y responsabilidad social. De hecho, en Alemania o Japón es así, para no hablar de los Estados Unidos, cuyo sistema económico no es ajeno, para nada, a la regulación extensiva del Estado. Y ojo, hay regulaciones que pueden responder al principio de la Justicia Social, y otras que no.

Todo esto viene a cuento, porque es sumamente peligroso que por ignorancia, por dogmatismo, o hasta por mala fe, se trate de formar una corriente de opinión en favor de que el principio histórico de la Justicia Social –fundamento, por ejemplo, de la Doctrina Social de la Iglesia– no es más que una manifestación de rancio marxismo o anticuado socialismo. Y no es así. Ni en su génesis histórica, ni en su definición doctrinal, ni en el campo de las políticas públicas.

El comunismo, en sus variadas vertientes: ortodoxo o “socialismo real”, eurocomunismo, socialismo “borbónico” (que ni olvida, ni aprende), etcétera, es la imposición del colectivismo, la supresión de las libertades económicas y los derechos de propiedad, y el encumbramiento de una dictadura política, económica, social y cultural, en cabeza del partido único.

Eso no tiene nada que ver con la noción de Justicia Social, en un contexto de primacía de la iniciativa personal, del principio de subsidiaridad, y de búsqueda del bien común, respetando el pluralismo e impulsando los valores democráticos. Entonces, por favor, no confundamos la Justicia Social con el socialismo marxista. Favor recordar lo de la gimnasia y la magnesia…

La referida Doctrina Social de la Iglesia, cuyo acervo documental y patrimonio cultural es de muy amplio alcance, siempre ha sido clara en la oposición a toda forma de colectivismo. Máxime si este es de raíz materialista y justifica el despotismo en función de una supuesta revolución para imponer un Estado de poder omnímodo.

El Catecismo de la Iglesia católica, promulgado por Juan Pablo II en 1992, expresa que “La sociedad asegura la justicia social cuando realiza las condiciones que permiten a las asociaciones y a cada uno conseguir lo que es debido según su naturaleza y su vocación. La justicia social está ligada al bien común y al ejercicio de la caridad”. Tal expresión es de una claridad meridiana para comprender la naturaleza específica de las cosas.

Es importante destacar el papel de la caridad, como virtud teologal, en la evolución de la apreciación de la justicia social, en tiempos relativamente recientes. Ello también la deslinda de los socialismos que minusvaloran la caridad, o que la denuncian como un paliativo precario ante las desigualdades, con lo cual se desconoce la fuerza operativa de la caridad, consagrada  en el mensaje de la Iglesia y su Doctrina Social.

En Venezuela, por ejemplo, la bandera de la justicia social, en el contexto acá señalado, fue enarbolada en el siglo XX, por la Democracia Cristiana o Socialcristianismo, y de modo principal por su líder fundador, Rafael Caldera. De hecho, el lema partidista fue “Por la justicia social en una Venezuela mejor”. Todo su desarrollo conceptual no solo es divergente del socialismo marxista sino contrario a este.

Es más, el presidente Caldera promovió una perspectiva original del tema, con la propuesta de la Justicia Social Internacional, que fue acogida con entusiasmo en los ambientes demócrata-cristianos de América Latina y Europa, pero no así desde los ámbitos marxistas, que la llegaron a considerar una amenaza a sus teorías de la lucha anti-imperialista, que no admitía la validez intrínseca, sino acaso táctica, de la cooperación social o las relaciones de justicia social entre el llamado mundo desarrollado y el “Tercer Mundo”.

Un caso notable de concreción del principio general de la Justicia Social Internacional fue el Acuerdo Energético de San José, impulsado por el presidente socialcristiano, Luis Herrera Campíns, suscrito en 1981, en alianza con México, y cuya finalidad era el apoyo energético y sobre todo petrolero, a países de América Central y el Caribe, para aliviar sus finanzas y respaldar los procesos de democratización. El Acuerdo de San José establecía referencias favorables en momentos de altos precios en los mercados globales del petróleo.
Puede sostenerse, entonces, que la Justicia Social fue una cuestión central, en la teoría y la práctica, en sectores políticos venezolanos no marxistas.

Luego la expresión fue perdiendo contenido y significación propias, hasta el punto que también se convirtió en una banderilla retórica de la hegemonía que ha imperado en Venezuela durante el siglo XXI, y todo eso ha espesado la peligrosa confusión que prevalece.

Fernando Luis Egaña

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