Regional

Tener documentos en regla y vigentes para transitar con carro en Colombia

7 de febrero de 2024

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Desde hace un año, los vehículos venezolanos pueden transitar, previo cumplimiento de una serie de requisitos, en los municipios Cúcuta, Los Patios y Villa del Rosario. Es importante mantener vigentes los documentos, porque algunos tienen fecha de vencimiento

Bleima Márquez

Se cumplió un año de la reapertura total de la frontera entre Colombia y Venezuela, y con esto se activó el paso de vehículos entre ambos países, siempre y cuando los conductores cumplan con algunas normativas exigidas por cada uno de estos gobiernos.

Este proceso inició en enero del 2023 y se mantiene. En esa oportunidad ambos países dieron un lapso para que los interesados en cruzar la frontera tramitaran los documentos reglamentarios solicitados. Por parte del gobierno colombiano, desde el 9 de febrero del 2023 todo vehículo venezolano debe cumplir con los requisitos para ingresar y transitar.

A un año de haber entrado en vigencia estos acuerdos binacionales se han recibido quejas de multas y retención de vehículos en La Parada y en Villa del Rosario, sectores pertenecientes al Norte de Santander.

No pasar hasta la referida localidad de Colombia con vehículos venezolanos es la recomendación de algunos conductores que han sido multados por funcionarios de seguridad del vecino país, porque sus vehículos podrían ser retenidos hasta cancelar sumas realmente altas.

«Para informar que los vehículos no deben ingresar a La Parada en Villa del Rosario porque Colombia está lanzando operativos sorpresa y retiene los vehículos, obligando a los extranjeros a pagar una multa que supera el 1.200.000 pesos. El vehículo lo retiene Tránsito en Colombia», advirtió un usuario a través de la mensajería y agregó que el gobierno de esa República debe mantener informados a los extranjeros de los requisitos y las normas para ingresar y circular en su territorio.

Diario La Nación recuerda a todos sus lectores que es importante tener en cuenta que algunos documentos tienen fecha de vencimiento y es preciso estar atentos para mantenerlos vigentes y transitar en los municipios autorizados: Cúcuta, Los Patios y Villa del Rosario. Si requieren desplazarse a otras localidades deben dirigirse a la autoridad aduanera, según información publicada en la página web del Ministerio de Transporte de Colombia.

 

Requisitos a cumplir

Vehículos

Los conductores de vehículos deben tener en sus manos: Licencia de conducir, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente; documento de propiedad del vehículo, las placas del vehículo deben ser visibles.

El conductor debe acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda. Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía o cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

* El periodo de permanencia habilitado por la Tarjeta de Movilidad Fronteriza y la cédula venezolana no deberá sobrepasar los siete (7) días calendario.

 

Motocicletas

El conductor de motocicleta debe portar: Licencia de conducir, SOAT vigente, documento de propiedad del vehículo y llevar las placas en lugar visible; porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo.

Prohibida la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda. Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.

Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico-mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Servicio público transfronterizo colectivo

En el caso de las unidades de transporte público, los requisitos son: Licencia de conducir, revisión técnico–mecánica, SOAT vigente, Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual; documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo; permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.

El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible, no puede superar los 24 años y debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000, de acuerdo a la Ley 2198 de 2022.

Las normas indican que deberán circular por las rutas autorizadas con destino final las terminales autorizadas de transporte, acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad. No está permitido el uso de vidrios polarizados.

El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.

Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

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