Nancy Porras
Estará restringida la circulación del transporte de carga pesada superior a los 3.500 kilos, entre el jueves 17 de abril y el lunes 21 de abril a partir de la una de la madrugada, según la disposición emanada por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
Las autoridades informan que el objetivo es garantizar la seguridad vial durante del dispositivo Semana Santa 2025, que comenzó el jueves 10 de abril con un despliegue de más de 185 mil funcionarios.
La disposición se hace conforme a la resolución conjunta 083 y 022 del Ministerio para la Relaciones Interiores, Justicia y Paz y el Ministerio de Transporte, publicadas en Gaceta Oficial N° 42.425 de fecha 25 de julio de 2022.
Esta restricción no aplica a vehículos que transportan productos y servicios como: Alimentos perecederos, sus materias primas, asistencia vial, emergencia, policiales o militares, material de telecomunicaciones y para la defensa de la nación.
Tampoco aplica esta prohibición al transporte de agua potable y líquidos para su potabilización, medicina de corta duración, hielo seco, oxígeno, gases o líquidos necesarios para la operatividad de los establecimientos de salud, desechos sólidos domiciliarios, pero en vehículos habilitados para prestar este servicio.
Además, esta resolución no incluye al transporte de gas de uso doméstico, combustibles destinados a aprovisionamiento de: estaciones de servicio del transporte terrestre, puertos y aeropuertos, productos asociados a la actividad petrolera, agrícola y pecuaria, fertilizantes y periódicos.