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Inicio/Nacional/¿Bono de la Guerra Económica para todos? En Gaceta Oficial aumento del ingreso mínimo mensual

Nacional
¿Bono de la Guerra Económica para todos? En Gaceta Oficial aumento del ingreso mínimo mensual

sábado 13 mayo, 2023

Gobierno publicó en Gaceta Oficial aumento del ingreso mínimo mensual y así quedaron los montos en bolívares

Mediante el Decreto N° 4.805, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.746 del 1 de mayo de 2023, quedó establecido el aumento del ingreso mínimo mensual para la protección del pueblo venezolano.

Según el Artículo 1° del decreto, se ajusta el valor del Cestaticket Socialista a nivel nacional para todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado, fijándolo en la cantidad de Bs. 1.000,00. Además, se establece un complemento solidario de protección denominado “Bono contra la Guerra Económica” que se pagará mensualmente a los trabajadores y las trabajadoras de la administración pública activos y pasivos, así como a los pensionados y pensionadas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

De acuerdo con el Artículo 2° del decreto, el Bono contra la Guerra Económica será de Bs. 750,00 para los trabajadores y las trabajadoras de la administración pública activos que cobran el Cestaticket Socialista y de Bs. 1.225,00 para los trabajadores y las trabajadoras de la administración pública que por su condición de pasivos no cobran el Cestaticket Socialista. Por su parte, el Artículo 3° establece que el Bono contra la Guerra Económica será de Bs. 500,00 para los pensionados y pensionadas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales que no sean trabajadores activos o pasivos de la administración pública.

El Artículo 4° señala que el Bono contra la Guerra Económica se pagará mensualmente mientras persistan los efectos perniciosos sobre los trabajadores y trabajadoras como consecuencia de la guerra económica implementada contra Venezuela mediante la agresión de potencias extranjeras, instigada por factores políticos internos con intereses particulares.

El Artículo 5° establece que el Ejecutivo Nacional ordenará el ajuste mensual de los montos fijados en este Decreto para el Cestaticket Socialista y el Bono contra la Guerra Económica, tomando como referencia el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela, a fin de proteger el valor del mismo y el poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras.

El Artículo 6° establece que se denominará “ingreso mínimo mensual” a la suma total de todos los conceptos asociados al salario de los trabajadores y trabajadoras, con o sin incidencia salarial, y aquellos beneficios otorgados a dichos sujetos con la finalidad de incrementar la protección social del pueblo venezolano, incluidos los conceptos de Cestaticket socialista y el Bono contra la Guerra Económica, a fin de facilitar el cálculo, registro, análisis, revisión y ajuste integral, armónico y coordinado de estos conceptos.

Finalmente, el Artículo 10° establece que el Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de mayo de 2023, y los Ministros del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, de Planificación y de Finanzas quedan encargados de su ejecución.

Redacción web

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