Economía

Ley de Armonización Tributaria regula impuestos en estados y municipios

7 de agosto de 2023

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Humberto Contreras

La Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, sancionada por la Asamblea Nacional el 18 de julio anterior, y ya aprobado su carácter orgánico por sentencia de la Sala Constitucional del TSJ del 20 de julio, es un instrumento legal que pretende regular las relaciones tributarias entre los estados y municipios del país, la cual era necesaria dada la descoordinación existente para la aplicación de impuestos regionales y municipales.

De acuerdo con la sentencia del TSJ que avala su carácter orgánico, esta ley tiene por finalidad promover el desarrollo armónico de la economía nacional, con miras a elevar la calidad de vida de la población, generar fuentes de trabajo, crear alto valor agregado nacional y fortalecer la soberanía económica.

En segundo lugar, favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión y elusión fiscal, así como –tercero- procurar la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de la persona contribuyente; y, finalmente, generar certeza y seguridad jurídica sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales aplicables en el territorio nacional.

La Sala afirma que los principios que inspiran ese instrumento normativo son: Legalidad, justicia, equidad, integridad territorial, coordinación, armonización, cooperación, solidaridad, concurrencia, corresponsabilidad, progresividad, generalidad, buena fe, productividad, capacidad contributiva, no retroactividad, no confiscación, eficiencia, eficacia, celeridad, transparencia, simplicidad y seguridad jurídica.

El nuevo instrumento legal disminuye la cantidad de impuestos que deben pagar los habitantes en los 335 municipios de Venezuela. Viene a poner orden para proteger al ciudadano de a pie, al joven que inicia un emprendimiento, a los comerciantes, empresarios y alcaldes.

 

Armonización Tributaria

Básicamente, a criterio del TSJ, la mencionada Ley busca coadyuvar y garantizar la coordinación y armonización de las potestades tributarias que corresponden a los estados y municipios, para lo cual se definen los principios, parámetros y limitaciones, tipos impositivos y alícuotas aplicables de los tributos estadales y municipales, todo ello en el marco de lo establecido en el texto de la Constitución de la República.

Con la ley en referencia se pretende garantizar la coordinación y armonización de las potestades tributarias de los estados y municipios, con el fin de promover el desarrollo armónico de la economía nacional, con miras a elevar la calidad de vida de la población, generar fuentes de trabajo, crear alto valor agregado nacional y fortalecer la soberanía económica.

Busca promover la eficiencia y la equidad del sistema tributario venezolano, evitar la doble tributación y la evasión fiscal. También busca asegurar que los tributos recogidos a través de los estados y de las municipalidades, sean utilizados de manera eficiente para el desarrollo económico y social del país.

Algunos aspectos de la Ley

La ley limita y establece los principios de coordinación y armonización de las potestades tributarias de los estados y municipios, y crea el Consejo Nacional de Coordinación Tributaria, encargado de coordinar esas políticas. Igualmente, establece los tipos impositivos y alícuotas aplicables de los tributos a los que se refiere, y crea el Sistema Nacional de Información Tributaria (SNIT), el cual facilitará el intercambio de información tributaria entre los estados y municipios.

La ley está acompañada de un plan inmediato de aplicación, coordinado con el Ejecutivo nacional, que permitirá generar más confianza al inversionista nacional e internacional, pues impondrá orden en los impuestos municipales y regionales.

 

Para el contribuyente

Entre los beneficios que van directo al contribuyente, destacan las rebajas, al menos de 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.

También establece la vigencia mínima de 3 años a las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas industriales, comerciales, servicios y de índole similar. La renovación procederá de manera automática cumpliendo lo que establece la norma en ese sentido.

En el texto se establece que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica industrial, comercial, servicio o de índole similar no podrá ser superior a 3 % de los ingresos brutos obtenidos. Del mismo modo, señala el mínimo tributario anual para este impuesto, que no podrá ser superior al equivalente en bolívares, de 240 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).

 

Pago de tributos en bolívares

Todos los tributos estadales y municipales, las sanciones y demás relacionados, deben ser cancelados en bolívares. No podrán ser cobrados en otro tipo de moneda. Para ello, la ley establece la denominada Unidad de Cuenta, que consiste en tomar como base para el cálculo de los montos a cancelar, el Tipo de Cambio de la Moneda de Mayor Valor, la que menciona por sus siglas TCMMV, que haya sido publicado por el Banco Central de Venezuela.

Y de hecho, las obligaciones deben pagarse exclusivamente en la cantidad equivalente en bolívares según el TCMMV del día que se efectúa el pago.

 

Otros aspectos relacionados con esta novedosa ley venezolana, serán explicados en próximas ediciones.

 

 

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