Hogan Vega y Dorli Silva
El objeto de hablar de una Zona de Integración Fronteriza (ZIF) requiere de una serie de instrumentos (jurídicos, económicos e institucionales) que constituyen los fundamentos de la integración subregional, previos a una serie de análisis y sistematización de los mismos con una visión interdisciplinaria. De ahí que, hablar de subregional, es la expresión espacial donde se extienden las acciones derivadas del acuerdo.
Por tanto, el acuerdo de realizar la ZIF entre los gobiernos nacionales de Colombia y Venezuela se trata de una asociación intergubernamental, con marcada orientación comunitaria, de naturaleza concretamente económica y en menor grado de carácter político; multilateral por su composición y fines. El Diccionario de la Lengua Española (2024), de la Real Academia de la Lengua Española (RAE) en sus dos (2) primeras acepciones, define acuerdo en su primera acepción es, acción y efecto de acordar. Y para el mismo diccionario en su segunda acepción es, resolución que se toma en los tribunales, sociedades, comunidades u otros órganos. Como sinónimos, alianza, convenio, pacto, concierto, trato, resolución, contrato.
Por consiguiente, la ZIF es un acuerdo o pacto entre dos naciones o gobiernos que se unen para lograr objetivos comunes regidos por derechos y obligaciones que se firman dentro del acuerdo. Por ejemplo, la búsqueda de la aplicación de un arancel común, como mecanismo de unión aduanera. Con la integración se persigue hacer del intercambio binacional, no solo resolver lo económico, es resolver problemas de empleo, calidad de vida, como instrumento de acción política, busca afirmar la personalidad independiente y libre de ambas naciones, y sobre todo la vulnerabilidad y la dependencia de productos industrializados que derriban la industria regional. En relación a la seguridad es consolidar ambas fronteras libres de narcotráfico, comercio ilegal, otros.
Por tal motivo, es darle esencia a lo tradicional de cada región desde lo cultural, deportivo, costumbres, idiosincrasia, el arte, la música, el folklore, la literatura, la educación, lo político, entre muchos otros. Si queremos entender y luchar por lo nuestro, es necesario promover condiciones políticas, institucionales y jurídicas para crear una unión de ambos pueblos limítrofes.
La problemática integracionista requiere de un enfoque interdisciplinario, para aplicar la ideología a las realidades económica, social, política, cultural, jurídica y hasta psicológica de cada uno de los países envueltos en un proceso de integración más o menos complejo por sus objetivos. No se trata, ya de la cuestión simplemente teórica y de su enriquecimiento constante sino de su instrumentación práctica y efectiva para alcanzar los beneficios redistributivos de una técnica aplicada con fines de desarrollo, que debe aportar, no solo dentro del contexto económico, además, en otros campos de las actividades creadoras del hombre.
El rigor interdisciplinario es lo que hace del economista, el ingeniero, el industrial, el jurista, el sociólogo, el educador, el político, el científico, entre otros. Lo valioso de sus competencias en su área de conocimiento y que poseen las ventajas técnicas y las calificaciones formativas para comprender, ponderar y proyectar su especialidad al fabuloso mundo de la integración.
La integración no es solo económica, son una serie de disciplinas con múltiples conocimientos que requieren de la participación de todos, para que aporten sus conocimientos teóricos, sus habilidades como investigador, así como su capacidad de docente y su don de empresario, su destreza como comerciante, su visión de ventas, o su creatividad de marketing, en la búsqueda de la excelencia y con ello la productividad.
Sin embargo, a nivel de Latinoamérica nos encontramos en la historia de acuerdos de integración, es decir, se requiere hacer una visión retrospectiva de la integración iniciando con la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC) en 1961, en la década siguiente a la creación e institucionalización de la ALALC emerge dentro del mismo marco una agrupación subregional denominada Grupo Andino, instituido por el Acuerdo de Cartagena, suscrito el 26 de mayo de 1969.
Para el registro sistemático vamos a considerar dos momentos, antes y después de la institucionalización del Grupo Andino. En el primer momento, antes, según la investigación documental realizada de las fuentes encontramos: El tratado de Montevideo(ALALC) de 1961; La Declaración de Bogotá de 1966; La Declaración de Presidentes de América del año de 1967; Acta de Instalación de la Comisión Mixta de 1967; Actas finales de las seis reuniones de la comisión mixta de 1969; Las Resoluciones 202 y 203 de 1967; La Resolución 222 de 1967; La Resolución del Comité Ejecutivo Permanente de 1968; Bases Generales para la Formación de la Corporación Andina de Fomento y el Convenio Constitutivo de la misma de 1970; La resolución 179 del Comité Ejecutivo Permanente de 1969; El acuerdo de Cartagena de 1969.
De modo similar, en el segundo momento después de la institucionalización del Grupo Andino, encontramos: Convenio Andrés Bello, de Integración Educativa, Científica y Cultural del año 1970; Convenio Hipólito Unanue (Salud) de 1971; Convenio Simón Rodríguez (Protección Social) de 1973; Resolución 292 (Adhesión de Venezuela) del Comité Ejecutivo Permanente de 1973; Resolución 293 del Comité Ejecutivo Permanente de 1973; El Consejo de Lima de 1973. Del mismo modo, todos esos instrumentos constituyen los fundamentos de la Integración Subregional Andina, formalizando el Análisis y Sistematización interdisciplinaria desde lo Jurídico, Económico e Institucional.
En otras palabras, los antecedentes históricos mencionados son una referencia como punto de partida que nos permitirá destacar la evolución experimentada por las ideas de integración en el contexto latinoamericano, considerándose muy importante para conocer el concepto regional de la integración económica y los obstáculos que se presentaron para su incorporación al orden económico y político de los países del continente.
Es decir, esta retrospectiva nos llevará a explicar la formación de la agrupación subregional andina para identificar los móviles de diversos órdenes que contribuyeron a ello y a tratar, su origen en el desarrollo histórico de las ideas en que ella se fundamenta, destacando sus antecedentes y hasta estudiando si es preciso los perfiles ideológicos y humanos de los creadores de esa ciencia o disciplina de nuestro interés. Ya que, los antecedentes históricos que condujeron a la integración continental se basaron en razones económicas, políticas e institucionales.
En síntesis, citando al economista húngaro Bela Balassa (1928-1991), en la teoría de la integración económica (1961), el profesor plantea que, en la literatura económica, el término integración económica no tiene un significado específico; incluso, algunos autores asocian el concepto a “integración social”, otros lo asumen como diferentes formas de “cooperación internacional”, y en algunos casos, los argumentos llegan al punto de asumir la existencia de relaciones comerciales entre economías independientes como una señal de integración. Sin embargo, el profesor propone definir la integración económica, por un lado, como un proceso; y, por otro, como un estado de cosas. Como “proceso”, hace referencia a abarcar medidas destinadas a abolir la discriminación entre las unidades pertenecientes a diferentes Estados; la integración económica puede representarse por la ausencia de diferentes formas de discriminación entre las economías nacionales. Además, el planteamiento del profesor establece que la integración económica puede abarcar diferentes grados, entre los que se destacan: las áreas de libre comercio, las uniones aduaneras, los mercados comunes, las uniones económicas y la integración económica total, también llamada “comunidad económica”.