Sucesos

Dictaron condena a los victimarios del joven tachirense Rufo Chacón

6 de octubre de 2021

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Ahora se abre la fase de recursos, es decir, apelaciones a las que la defensa de los expolicías tiene derecho

El pasado lunes, el Tribunal Cuarto de Juicio dictó sentencia condenatoria a los dos expolicías señalados de haberle disparado en el rostro y causado la pérdida de la visión a Rufo Chacón, adolescente que junto a su madre y unos vecinos participaba en una protesta de calle en la que exigían la venta de gas doméstico, el 2 de julio de 2019, en Táriba, municipio Cárdenas.

El muchacho, en aquel momento de 16 años, recibió en el rostro un escopetazo y 52 de los perdigones se incrustaron en esa zona, causándole graves daños a nivel de los ojos, una evisceración traumática que obligó a realizarle una cirugía que implicó la extracción total de los globos oculares.

La información la dio a conocer la abogada Raquel Sánchez, quien junto a sus colegas, Raiza Ramírez y Henry Flores, todos del Foro Penal Táchira, fungieron como representantes judiciales de la víctima.

Explicó Sánchez que, en ese sentido: “en el caso del comisionado Javier Useche Blanco, acusado de los delitos de homicidio calificado por motivos fútiles e innobles, con alevosía,  en grado de frustración, así como trato cruel y uso indebido de arma orgánica,  la pena es de 27 años y 9 meses de prisión, e igual tiempo de inhabilitación política; mientras que en el caso del supervisor Henry Ramírez, fue condenado por los delitos de trato cruel y uso indebido de arma orgánica,  a una pena  de 21 años y  5 meses  de prisión, e igual tiempo de inhabilitación política”.

Tanto Useche como Ramírez, ahora exfuncionarios de Politáchira, permanecerán recluidos en esa sede policial, aunque la abogada Sánchez sostuvo que, ante la sentencia condenatoria, lo más lógico es que sean trasladados a un recinto judicial.

Aclaró Sánchez que, si bien hubo sentencia condenatoria, ahora se abre la fase de recursos, es decir, apelaciones a las que la defensa de los expolicías tiene derecho, por lo que dicha sentencia no se puede aún considerar definitivamente firme, hasta tanto no se cierre el lapso para ejercer los recursos correspondientes.

Aunque dice estar conforme por el trabajo profesional realizado, con el que se le dio un poco de justicia a Rufo, cuya vida cambió para siempre, confesó que la satisfacción es relativa, al agregar que eso nunca debió ocurrir, porque tanto la vida de la víctima cambió de un día para otro, así como la de los funcionarios, “que deben entender que así no se trata a la sociedad civil”.

“El proceso se estancó en un momento, prácticamente casi un año, pero en lo que compete al tribunal de juicio que le correspondía la decisión, lo inició y acabó en siete meses. Importante reconocer también las actuaciones de la Fiscalía 16ª y la Fiscalía 20ª del Ministerio Público, que estuvieron participando en el juicio y procuraron que todos los medios probatorios vinieran al proceso; fueron muy eficientes en su actuación, eso no lo podemos desconocer. Los delitos que presentamos en la acusación, como representantes de la víctima, fueron los que quedaron dispuestos, exceptuando el de quebrantamiento de pactos y convenios en materia de derechos humanos, que el Tribunal de Control lo desestimó”, destacó Sánchez. (Miriam Bustos)

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