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Inicio/Nacional/Prefecto de Socopó ejerce como abogado privado y viola Estatuto de la Función Pública

Nacional
Prefecto de Socopó ejerce como abogado privado y viola Estatuto de la Función Pública

jueves 13 agosto, 2026

Prefecto de Socopó ejerce como abogado privado y viola Estatuto de la Función Pública

Barinas. El prefecto del municipio Antonio José de Sucre, estado Barinas, Ignacio Rondón Silva, viola la Ley de Abogados y la Ley del Estatuto de la Función Pública, cuando como funcionario público practica el ejercicio libre de la abogacía como litigante.

La afirmación la hace un ciudadano de ese municipio llanero, quien pidió mantener en reserva su identidad por temor a alguna represalia por parte de Rondón Silva, “quien pisotea sin escrúpulos las leyes venezolanas, al ejercer como abogado privado mientras es prefecto del municipio”, dice.

Explica que de acuerdo a la legislación venezolana, existe una incompatibilidad expresa y legal entre el desempeño de un cargo público (como el de prefecto) y el ejercicio libre de la abogacía como litigante.

El fundamento legal está contenido en el artículo 12 de la Ley de Abogados, que establece taxativamente que no podrán ejercer la abogacía los funcionarios públicos ni quienes presten sus servicios profesionales a tiempo completo en organismos oficiales nacionales, estadales o municipales.

Así mismo, la ​Ley del Estatuto de la Función Pública indica que Los funcionarios públicos están sujetos al principio de dedicación exclusiva y al régimen de incompatibilidades, lo que les impide realizar actividades laborales particulares que colidan con sus deberes administrativos o generen un conflicto de intereses.

Además, la ​Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 145 y 148, es clara cuando dice que “los funcionarios están al servicio del Estado para garantizar la imparcialidad y la eficiencia en la función pública”.

El denunciante es claro al explicar que, si un prefecto litiga privadamente mientras ejerce el cargo, incurre en el ejercicio ilegal de la profesión según el Artículo 30 de la Ley de Abogados y se expone a sanciones disciplinarias y administrativas mediante la apertura de un procedimiento sancionatorio ante el Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados y la Contraloría o la Inspectoría de la Función Pública respectiva.

En su caracter de ciudadano venezolano, el denunciante solicita que el gobernador Adán Chávez, el jefe inmediato de Rondón Silva, así como el Colegio de Abogados, confirmen la denuncia que formula y procedan a actuar conforme dicta la legislación venezolana en casos como el descrito, puntualizó.

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