Reportajes y Especiales

Siervo de Dios, Venerable, Beato y Santo: ¿cómo se sube la escalera a los altares?

21 de junio de 2020

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Pbro. Ricardo Casanova


Dentro de la Iglesia muchos bautizados se han distinguido por una vida ejemplar, por un testimonio coherente que les ha llevado a ser un reflejo claro de Cristo en el lugar y en la época en la cual vivieron. Estos modelos de vida son presentados a la Iglesia, para que después de un serio estudio y un proceso riguroso, teológico y científico, puedan ser puestos como modelos de vida cristiana.

El proceso que sigue la Iglesia para canonizar a un fiel cristiano no es algo que se hace de la noche a la mañana, amerita un proceso serio que permite estudiar a fondo la vida de quien viene propuesto a los altares, por tanto, ¿cómo se lleva a cabo dicho estudio?, o mejor aún, ¿cómo se sube la escalera a los altares?

Actualmente, la materia que legisla el proceso que se sigue para los procesos de beatificación y canonización está compuesta por las normas contenidas en la Constitución Apostólica Divinus perfectionis Magister publicada por san Juan Pablo II en 1983, las Normae servandae in Inquisitionibus ab Episcopis faciendis in Causis Sanctorum emanadas por la Congregación para las Causas de los Santos ese mismo año, y la Instrucción Sanctorum Mater aprobada por el papa Benedicto XVI en 2007. Este conjunto de normas nos permiten conocer todo el camino que sigue cada proceso.

 

¿Cómo se llega a Siervo de Dios?

A la muerte de un hombre o mujer que vivió en olor de santidad se comienzan a visualizar los primeros elementos que permiten pensar en la apertura del proceso canónico que hace posible el estudio de su vida. Este elemento indispensable es su fama de santidad: se manifiesta al momento de su muerte, ya que es motivo de congregación de un gran número de fieles quienes expresan la grandeza de sus virtudes. Pasados por lo menos cinco años, es posible iniciar el proceso.

El primer paso viene realizado por el autor de la causa o el obispo diocesano, quien en compañía de un postulador presenta la petición para dar inicio formal al proceso.

El obispo del lugar donde se abre la investigación consulta a los obispos de la región y de la nación sobre la oportunidad de iniciar dicho estudio. Por medio de un edicto hace pública la petición del postulador, invitando a todos los fieles a que hagan llegar aquellas noticias útiles que se refieren a la causa.

Con la ayuda de toda la documentación recogida por el postulador, y los archivos y/o escritos que ofrezcan información oportuna, el obispo conforma una Comisión Histórica integrada por tres expertos, quienes estudian todos los aspectos de la vida de la persona y finalmente entregan una relación detallada.

De igual forma, si existen escritos realizados por el Siervo de Dios, el obispo nombra dos censores teólogos quienes después de una lectura atenta manifiestan si existe alguna cosa contraria a la fe o a las buenas costumbres.

El obispo presenta a la Santa Sede un informe sobre la vida y las virtudes de la persona que viene propuesta, y ésta, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el material enviado y emite el decreto “Nihil obstat”, que indica que nada impide iniciar la causa. Con la obtención de este decreto, quien viene propuesto obtiene el título de Siervo de Dios. Recibe este título, porque muerto en concepto de santidad ha vivido una vida santa practicando heroicamente las virtudes cristianas, o porque fue asesinado como testigo de la fe.

 

¿Cómo se llega a Venerable?

Recibido el decreto de la Santa Sede el obispo conforma el tribunal que será responsable de recoger todos los testimonios y las pruebas que serán enviados a la Congregación. Llevan este procedimiento un delegado episcopal, un promotor de justicia y un notario. Finalizados los interrogatorios se lleva a cabo la inspección y emisión del decreto de no culto y se procede a los actos conclusivos de la fase diocesana de la causa. A todas las actas originales se le sacan dos copias que son enviadas a la Congregación para que se dé inicio a la fase romana.

Un relator de la causa tendrá la tarea de guiar al postulador en la elaboración del documento denominado “Positio”. En este trabajo, sirviéndose de los testimonios de los testigos, los principales aspectos de la vida, virtudes y escritos del Siervo de Dios, el postulador debe demostrar que quien viene presentado alcanzó la perfección y es ejemplo de vida cristiana.

Terminada y entregada la “Positio”, es estudiada por una Comisión de Teólogos consultores. Después, una sesión de cardenales y obispos discute el voto de esta Comisión. Si la Congregación para las Causas de los Santos aprueba la “Positio”, y el Papa lo confirma, éste emite el Decreto de Heroicidad de las Virtudes y el que era Siervo de Dios pasa a ser considerado Venerable. Con este nuevo título el Sumo Pontífice reconoce que quien ha sido propuesto ha seguido más de cerca el ejemplo de Cristo con el ejercicio heroico de las virtudes o la afusión de la sangre, y por tanto puede ser propuesto a la devoción y a la imitación de los fieles.

 

¿Cómo se llega a Beato?

Declarado “Venerable” es necesaria la presentación de un milagro atribuido a su intercesión. El proceso de estudio del “presunto milagro” se lleva a cabo en la Diócesis donde ha sucedido el hecho y donde viven los testigos. Este proceso examina un hecho que científicamente no se puede explicar, y que es producto de la intercesión del Venerable Siervo de Dios.

Una vez se envía a Roma la investigación de la Diócesis, la Congregación examina el hecho presentado a través de dos médicos peritos. Su parecer es discutido por la Consulta Médica de la Congregación para las Causas de los Santos conformada por cinco médicos peritos. El hecho extraordinario presentado por la Consulta Médica es discutido por el Congreso de Teólogos, quienes estudian el nexo entre el hecho señalado y la intercesión atribuida al Venerable Siervo de Dios.

Todos los antecedentes y los juicios de la Consulta Médica y del Congreso de Teólogos son presentados por un cardenal a los demás integrantes de la Congregación, reunidos en sesión, quienes emiten un veredicto final sobre el “milagro”. Si el veredicto es positivo el prefecto de la Congregación expone al Santo Padre el hecho para su aprobación. Una vez aprueba el Decreto de Beatificación se determina la fecha de la ceremonia litúrgica y se procede a la Ceremonia de Beatificación, que actualmente se celebra en la Diócesis donde se instruyó la causa.

A través de la beatificación el Sumo Pontífice concede al Venerable Siervo de Dios el culto público y eclesiástico, limitado a un lugar (a una diócesis, una nación) o a determinados grupos (institutos religiosos) y con los modos establecidos por la ley.

Después de la promulgación del Decreto sobre el Martirio, cuando es el caso, el Venerable Siervo de Dios puede ser beatificado sin que sea necesario un milagro, ya que el total sacrificio del martirio como máximo testimonio de fe cristiana viene considerado el acto supremo del seguimiento de Cristo.

 

¿Cómo se llega a Santo?

Una vez Beato, es necesaria la aprobación de un segundo milagro para que se lleve a cabo la canonización. Para su estudio la Congregación sigue los mismos pasos que para el primer milagro. Una vez el Santo Padre aprueba el Decreto de Canonización se procede al Consistorio Ordinario Público, donde el Papa informa a todos los cardenales de la Iglesia sobre este paso y se determina la fecha de la Ceremonia de Canonización, en Roma, presidida por el Santo Padre.

Con la canonización el Sumo Pontífice declara en forma definitiva y solemne que un fiel católico está actualmente en la gloria eterna, intercede por nosotros ante el Padre y puede ser venerado públicamente en toda la Iglesia. La Sede Apostólica propone para la imitación, veneración e invocación de los fieles, hombres y mujeres que se distinguieron por el fulgor de la caridad en el acto supremo del martirio o por la vivencia heroica de las virtudes cristianas.

Este proceso, que culmina con la canonización y proclamación por parte de la Iglesia de la santidad de un fiel cristiano, es una oportunidad que corrobora que todos los bautizados estamos llamados a ser santos.

 

La causa de José Gregorio Hernández

La causa del Dr. José Gregorio Hernández (1864-1919) fue presentada en 1949, en este caso, 30 años después de su fallecimiento. Fue declarado Venerable en 1986.

Este año 2020 fue aprobado por la Comisión Médica, la Comisión Teológica y la plenaria de cardenales un primer milagro por intercesión del Venerable Siervo de Dios. El 19 de junio el papa Francisco hizo público el decreto que autoriza su beatificación. Falta todavía la Ceremonia de Beatificación. Como esta causa la lleva la Arquidiócesis de Caracas (porque fue en esta ciudad donde falleció), este acto será en la capital. Se desconoce la fecha, pero la Iglesia prevé que pueda hacerse en el primer trimestre de 2021.

Es solo a partir de la Ceremonia de Beatificación cuando se le podrá rendir culto público. Un culto que, por tratarse de un beato, estará limitado al territorio de Venezuela.

Celebrada esa Ceremonia de Beatificación se debe presentar, para su estudio, un segundo milagro obtenido por intercesión del beato José Gregorio Hernández. Solo después de la aprobación de ese segundo milagro y de la respectiva Ceremonia de Canonización, que se celebra en Roma y preside el Papa, es cuando podrá ser llamado santo y que adquirirá culto para la Iglesia universal.


(*Vicerrector académico de la UCAT y ex secretario-vicecanciller de la Diócesis de San Cristóbal. Este texto fue originalmente publicado en nuestra edición 51 aniversario, ‘Siervos de Dios en el Táchira’, y ha sido retomado y actualizado a propósito del decreto de beatificación de José Gregorio Hernández)

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